El presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén confirmó que el Perú continúa en el proceso de adhesión a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y proyectó que el procedimiento concluirá en el 2027.
“Puedo garantizar que el Perú cumplirá cabalmente con todos los estándares exigidos para la adhesión”, aseveró en conferencia de prensa, tras ser consultado por un supuesto incumplimiento de uno de los requisitos, en torno a la colaboración eficaz.
Explicó que el proceso de adhesión pasa por 25 comités y 29 grupos de trabajo, de los cuales se reciben observaciones y se van subsanando continuamente. “El Perú ya ha presentado en cuatro grupos de trabajo y ha recibido observaciones”, añadió.
Asimismo, precisó que la certificación se produce en los grupos de trabajo y luego por los comités, que son de diferentes materias y con los cuales se trabaja da manera concurrente.
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“Tenemos estimado que le proceso de adhesión concluirá aproximadamente en el 2027″, enfatizó.
El jefe de Gabinete también indicó que actualmente hay 7 países que intentan incorporarse a la organización internacional, y resaltó que no se trata de una competencia, pues cada país se certifica individualmente.
“Si hay un retraso en un comité se subsana las observaciones que se presenten”, puntualizó.
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Colaboración eficaz
Según reveló el programa “La Contra”, la OCDE envió una carta en octubre del 2023 a Alberto Otárola, quien se desempeñaba como primer ministro en ese entonces, para exigir que el gobierno cumpla con una serie de condiciones para avanzar en el proceso de evaluación.
Entre esas condiciones, se encontraría la importancia de mantener intacta la colaboración eficaz. Esto antes de la promulgación de la ley que debilita la colaboración eficaz.
Como consecuencia de esta situación, la OCDE habría optado por ‘congelar’ el proceso de adhesión del Perú y enviar una comisión multisectorial para la evaluación in situ.
En el pasado mes de marzo, el Congreso de la República promulgó la Ley Nº 31990, que modifica artículos del Nuevo Código Procesal Penal y debilita el proceso especial de colaboración eficaz, al fijarle plazos.
La norma precisa que desde la solicitud hasta la celebración del acuerdo de beneficios y colaboración eficaz o su denegación, se dará un plazo máximo de ocho meses.