El Ejecutivo declaró en reorganización el Despacho Presidencial de la presidenta Dina Boluarte y constituyó la comisión encargada de proponer las acciones y medidas de reforma administrativa y de gestión para el cumplimiento de tales fines.
A través del Decreto Supremo 148-2022-PCM, publicado en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, se dispone declarar en reorganización el Despacho Presidencial por un plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de la instalación de la comisión que realizará ese trabajo.
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La comisión encargada de proponer las acciones y medidas de reforma administrativa y de gestión para la reorganización del Despacho Presidencial, estará conformada por:
- El director ejecutivo del Capítulo Perú del Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza Perú- Ecuador, Oscar Schiappa Pietra, en representación de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), quien la preside.
- El presidente del Consejo Directivo del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN).
- El Secretario de la Secretaría de Gestión Pública de la PCM.
- El Secretario de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital de la PCM
- Por José Chávez Álvarez y Flavio Ausejo Castillo.
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La norma establece que los integrantes de la Comisión ejercen sus funciones ad honorem y designan a un representante alterno, mediante comunicación escrita dirigida a la Secretaría Técnica de la Comisión.
¿Qué es el Despacho Presidencia?
El Despacho Presidencial es un organismo público adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros que tiene como finalidad proporcionar asistencia técnica y administrativa a la Presidencia de la República para el cumplimiento de sus competencias y funciones que la Constitución Política, Leyes y demás disposiciones.
La Comisión tiene como función elaborar un informe que contenga la propuesta de acciones y medidas de reforma administrativa y de gestión para la reorganización del Despacho Presidencial.
Además, dicho grupo de trabajo puede solicitar el apoyo que requiera a los órganos y unidades orgánicas del Despacho Presidencial y de la PCM, para el adecuado cumplimiento de su función.
La Comisión tiene una vigencia de 15 días hábiles contados desde el día siguiente de su instalación. En dicho plazo presenta su informe final al Despacho de la PCM.
Dicho equipo se instala dentro del plazo de dos días hábiles contados a partir de la vigencia del presente decreto supremo, refrendado por la presidenta Dina Boluarte y el jefe del Gabinete, Alberto Otárola.