El defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez, presentó un proyecto de ley ante el Congreso de la República que generará polémica.
La iniciativa en mención busca efectuar una “reorganización institucional” en la Defensoría del Pueblo y facultarla para aprobar su nueva estructura orgánica, su Reglamento de Organización y Funciones, su Cuadro de Asignación de Personal, así como los demás instrumentos de gestión institucional que sean necesarios para su fortalecimiento y modernización.
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En ese sentido, Gutiérrez plantea que el cese de su cargo será “por vencimiento de plazo de designación, cuando se encuentre elegido el sucesor”. Es decir, el mandato del defensor del Pueblo, que es de cinco años, podrán extenderse hasta que el Congreso realice el proceso de selección de su reemplazo en el puesto.
La actual normativa de la Defensoría señala que, en caso de impedimento temporal o cese del defensor del Pueblo, “este deberá designar entre los adjuntos al que lo representará en aspectos administrativos, hasta que asuma el cargo un sucesor seleccionado por el Congreso”.
Precisamente, tras el cese Walter Gutiérrez en el cargo, su adjunta, Eliana Revollar asumió el cargo de defensora del Pueblo durante todo el año pasado hasta que el Parlamento eligiera a Gutiérrez como su reemplazo.
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Gutiérrez podrá elegir a sus adjuntos sin necesidad de concurso público
Otro de los puntos del proyecto que generará polémica es que el defensor del Pueblo en funciones podrá elegir a sus adjuntos directamente y sin necesidad de realizar un concurso público, tal como estipula la actual normativa.
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“El defensor del Pueblo estará auxiliado por adjuntos que lo representarán en el ejercicio de las funciones y atribuciones previstas en esta ley (...) los adjuntos serán designados por el defensor del Pueblo, mediante resolución”, se lee en el documento.
Actualmente los adjuntos son designados a través de un concurso público. Uno de los requisitos es que este funcionario debe tener, como mínimo, 35 años de edad.
Gutiérrez también plantea establecer oficinas distritales de la Defensoría de acuerdo a la lejanía y/o conflictividad en los lugares que estime necesario, y que los jefes de esas Oficinas Defensoriales sean designados por su despacho, mediante resolución.
La normativa vigente de la Defensoría estipula que se “contará progresivamente con oficinas de la institución en cada capital de departamento, las que estarán a cargo de un adjunto; asimismo, podrá establecer otras en los lugares que estime necesario”.
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