El pleno del Congreso aprobó este jueves, en segunda votación, el proyecto de ley que establece requisitos para el nombramiento de ministros y viceministros. La decisión se tomó por 75 votos a favor y 43 en contra. En diciembre del año pasado, la iniciativa se había aprobado por mayoría en primera instancia.
De esta manera, se establecieron requisitos para asumir los cargos de ministros y viceministros de Estado, además de modificaciones sobre las atribuciones del Consejo de Ministros y las funciones de su titular.
Quien ocupe el cargo de ministro no debe contar con sentencia condenatoria en primera instancia, en calidad de autor o cómplice, por delito doloso, ni estar inhabilitado para ejercer cargo público.
Además la resolución suprema de nombramiento deberá incluir como anexo la declaración jurada del nombrado, donde deberá constar las investigaciones fiscales, procesos judiciales y procedimientos administrativos en el que está o estuvo incurso.
La iniciativa también establece que no pueden ser nombrados ministros quienes, conforme a la normativa vigente, se encuentren con investigación fiscal preparatoria o siendo procesados ante el Poder Judicial por delitos de terrorismo, crimen organizado, tráfico ilícito de drogas, corrupción de funcionarios o violencia familiar.
Finalmente, se agrega que “no pueden ser nombramos presidente del Gabinete Ministerial o titulares de carteras de Interior ni Defensa, quienes conforme a la normativa se encuentren con acusación fiscal o estén siendo juzgados ante el Poder Judicial por delitos de terrorismo o tráfico ilícito de drogas”.