La Comisión de Defensa del Consumidor advirtió que los pacientes enfermos de cáncer se encuentran enfrentando una difícil situación por el desabastecimiento de medicamentos para su tratamiento.
“Los enfermos con cáncer están atravesando un terrible drama ante la falta de medicamentos en los hospitales de Lima y en las regiones, principalmente en los Institutos de Enfermedades Neoplásicas - INEN e IREN (en regiones), donde hemos podido confirmar el desabastecimiento de medicamentos tales como: Gemcitabina, Cisplatino, Metotrexato, entre otros para diversas patologías cancerígenas, que deben ser resueltos cuanto antes”, señaló Wilson Soto Palacios, presidente de la Comisión y congresista de la bancada de Alianza Para el Progreso.
El parlamentario también advirtió que actualmente el Ministerio de Salud registra una deficiente ejecución presupuestal del 26% respecto a la adquisición de medicamentos e insumos, según datos del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
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Como se recuerda, estos medicamentos oncológicos se adquieren mediante el Centro Nacional de Abastecimientos de Recursos Estratégicos de Salud (Cenares). Según el congresista, la incapacidad burocrática ha originado que desde el 2022 no se puedan adquirir más medicamentos, considerando la urgencia de atención del cáncer.
Descontaminación ambiental por cableado aéreo
Asimismo, el congresista, sobre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), pidió que se agilice la publicación del reglamento de la Ley N° 31595 que promueve la descontaminación ambiental y establece el retiro del cableado aéreo en desuso.
“La existencia desmedida de cables provenientes mayormente de operadores de sistemas de telecomunicaciones, en diversas zonas de Lima Metropolitana y regiones, pone en riesgo la salud e integridad de la población”, manifestó el legislador.
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Esta ley precisa que las empresas concesionarias y el proveedor de infraestructura pasiva tienen la obligación de identificar el cableado aéreo de su titularidad que se encuentre en mal estado o en desuso con la finalidad de que se retire en un plazo máximo de 24 meses, luego de que entre en vigencia el reglamento.
Estos pedidos fueron transmitidos a los respectivos ministros, dentro de las facultades de fiscalización que tiene la Comisión de Defensa del Consumidor, según está establecido en la Constitución Política, y el Reglamento del Congreso.