La Comisión de Constitución tiene previsto debatir y aprobar mañana el proyecto para que la presidenta Dina Boluarte pueda despachar de forma remota en caso de viajes al exterior. (Foto: Congreso)
La Comisión de Constitución tiene previsto debatir y aprobar mañana el proyecto para que la presidenta Dina Boluarte pueda despachar de forma remota en caso de viajes al exterior. (Foto: Congreso)

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El grupo de trabajo que preside tiene previsto sesionar mañana, a las 3:00 p.m. para llevar acabo el debate y la aprobación del referido documento.

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En el predictamen se realizaron dos cambios importantes a la propuesta del Ejecutivo. En primer lugar, se sustituyó el término “de forma remota” por “tecnologías de la información y comunicación (TIC)”.

“De no contar con vicepresidentes en ejercicio, y de manera excepcional, el presidente de la República se mantiene a cargo del despacho presidencial empleando tecnologías de la información y comunicación (TIC). Es obligatoria la implementación de mecanismos de ciberseguridad para el uso de dichas tecnologías”, se precisa en el texto.

Además, se estipula que la solicitud de autorización de salida del territorio nacional al mandatario contiene la justificación de la urgencia y necesidad de la gestión remota del despacho de la presidencia de la República, y garantiza la seguridad de los medios a emplearse.

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“El Congreso de la República evalúa la particularidad de cada caso”, concluye el predictamen.

La comisión decidió retirar de la propuesta cualquier mención al titular del Consejo de Ministros. .

Además, se le otorgaba atribuciones adicionales que le pudiera encomendar el presidente y que la ley establezca. Este párrafo no cayó bien a los miembros de la comisión, por lo que al final decidieron retirarlo de la fórmula final.

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La Comisión de Constitución determinó en el predictamen que “el despacho del presidente, de manera excepcional, incluso podría realizarse fuera del territorio nacional cuando exista una causa suficiente que así lo amerite, como el carecer de vicepresidentes y encontrarse en una necesidad imprescindible de salir al extranjero, como parte de la dirección de la política exterior”.

“Por lo que consideramos que la presente propuesta normativa es constitucional y no excede el parámetro de valides constitucional”, se lee en el documento.

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