Poder Judicial continuará con las atenciones durante vacaciones judiciales. Foto: gob.pe
Poder Judicial continuará con las atenciones durante vacaciones judiciales. Foto: gob.pe

El no se verá interrumpido durante las vacaciones judiciales programadas desde el 1 de febrero, hasta el 1 de marzo del 2024, porque los y salas de emergencia funcionarán, de acuerdo con la Resolución Administrativa n.° 000511-2023-CE-PJ.

En la se está laborando como órgano de emergencia, la Sala Penal Permanente, que preside el juez supremo César San Martín Castro, la cual atiende los expedientes a su cargo, así como los casos de emergencia que se presenten en la Sala Penal Transitoria.

Además, también se viene atendiendo el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, así como la Sala Penal Especial de la . Ambos órganos jurisdiccionales tienen a cargo procesos contra altos funcionarios públicos.

Además, está funcionando una Mesa de Partes que recibirá asuntos correspondientes a las especialidades civil, penal y de derecho constitucional y social de la Corte Suprema de Justicia.

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Acciones a nivel nacional

Los presidentes de las designaron a los juzgados y salas de emergencia que continúan laborando en este periodo vacacional.

En el caso de la especialidad familia, los órganos jurisdiccionales atienden recursos sobre consignaciones de alimentos, autorización de viaje a menores, tutela de menores en abandono y menores infractores, violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, entre otros.

De igual modo, en materia civil, los órganos jurisdiccionales verán acciones de garantía y medidas cautelares fuera de proceso. En especialidad laboral se darán trámite a las consignaciones laborales.

En el caso del ámbito penal, los órganos jurisdiccionales de emergencia atienden a los procesos de habeas corpus, calificación de denuncias con detenidos, trámite de libertades, apelación de mandato de detención y otros.

La Presidencia de la , que procesa casos complejos y delitos graves, programará el rol de vacaciones, teniendo en cuenta los plazos procesales de los expedientes a su cargo.

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