Avenida Ramiro Prialé. (Foto: GEC)
Avenida Ramiro Prialé. (Foto: GEC)

Mediante la , la Municipalidad Metropolitana de Lima dispuso declarar en emergencia y de interés la intervención de la vía metropolitana Ramiro Prialé, a fin de garantizar la seguridad y transitabilidad de los usuarios de dicha avenida.

De esta manera, se dispuso autorizar a la Empresa Municipal de Apoyo a Proyectos Estratégicos Sociedad Anónima la intervención, por encargo de la MML, para la ejecución de obras.

Estas obras comprenden el mejoramiento y ampliación del servicio de movilidad urbana en la intersección de las avenidas Las Torres y Ramiro Prialé, a través de un bypass en el distrito de Lurigancho – Chosica, de la provincia y departamento de Lima.

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Asimismo, la creación del servicio de movilidad urbana en el tramo de la avenida Huancayo y la avenida Unión, en el distrito de Lurigancho – Chosica, de la provincia y departamento de Lima (asfaltado de 4 Kilómetros de la vía metropolitana Ramiro Prialé).

El documento también encarga a la Gerencia de Fiscalización y Control continuar con la defensa posesoria y acciones legales que fueran necesarias para consolidar la propiedad de la Municipalidad Metropolitana de Lima de los terrenos afectados por las expropiaciones o imposición de servidumbres que sean necesarios; en coordinación con la Procuraduría Pública Municipal.

Del mismo modo, se exhorta a la Gerencia de Promoción de la Inversión Privada continuar con las gestiones de liberación y saneamiento de áreas; expropiación de derechos o imposición de servidumbres, y levantamiento de interferencias que sean necesarios para garantizar la transitabilidad y seguridad de los usuarios; debiendo salvaguardar y proteger de cualquier impacto constructivo la zona arqueológica denominada: Camino Inca o Wari Ñam.

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Además, se faculta a la Gerencia de Promoción de la Inversión Privada, en coordinación con la Procuraduría Publica Municipal, realizar todas las acciones necesarias para requerirle al concesionario del proyecto “Vías Nuevas de Lima”.

Finalmente, la norma detalla que el Órgano de Control Institucional de la , en el marco de la normativa de control concurrente, efectuará las acciones, de acuerdo con su competencia, para velar por el cumplimiento de la presente ordenanza.

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