La Defensoría del Pueblo manifestó su preocupación ante la omisión de las autoridades municipales de Los Olivos de atender los numerosos pedidos para retirar las rejas que limitan el derecho a la libertad de tránsito en diversas calles de su jurisdicción.
Según la institución, esta medida afecta principalmente a las personas con discapacidad física y de niños y niñas que son transportados en vehículos manuales.
A través de una última misiva remitida al alcalde de dicha comuna, Luis Felipe Castillo Oliva, la entidad exhortó a que se proceda a realizar la fiscalización en las calles que unen las avenidas Beta y Alfa, en la urbanización El Trébol, tras advertir que las rejas instaladas por los vecinos del lugar, se han convertido en una sería limitante.
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“Estas infraestructuras de metal no cumplen con las características técnicas que señala la ordenanza municipal, limitan el libre tránsito, no permiten la atención de casos de emergencia a través del ingreso de una unidad de ambulancia o del cuerpo de bomberos; pero la mayor afectación la enfrentan las personas con discapacidad física, debido a que a las puertas peatonales de las rejas les han agregado una especie de 2 asas a los costados”, dijo la jefa de la oficina de la Defensoría del Pueblo en Lima Norte, Estela Lozano.
Refirió que en otro pasaje de su recorrido, pudo verificar otros obstáculos como estructuras de metal en el centro de las puertas de acceso peatonal así como una puerta de ingreso que no supera los 40 cm de ancho, lo que impide el desplazamiento de una persona en silla de ruedas o de bebes que son transportados en coches.
¿Qué dice el TC sobre colocación de rejas?
Al respecto, el Tribunal Constitucional (TC), estableció que la instalación de rejas como medida de seguridad vecinal no es, per se, inconstitucional, si se compatibiliza o encuentra un marco de coexistencia entre la libertad de tránsito como derecho y la seguridad ciudadana como bien jurídico.
Por ende, sería inconstitucional si la reja instalada limita derechos de forma irrazonable o desproporcional, como se advierte en el caso denunciado.
A continuación, recordó a las autoridades municipales de Los Olivos que la Ley N.º 29963, Ley General de las Personas con Discapacidad, reconoce a este sector poblacional el derecho a vivir de forma independiente en la comunidad, en igualdad de condiciones que los demás y obliga a las autoridades municipales a promover, supervisar y fiscalizar el cumplimiento de las normas de accesibilidad en las edificaciones de su jurisdicción.
También contempla la facultad de sancionar su incumplimiento. En los casos que nos convoca hay un claro incumplimiento de obligaciones.
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