El Ejecutivo promulgó la Ley N.º 31987, recientemente aprobada por el Congreso de la República, la cual tiene como objetivo fortalecer la meritocracia en el acceso al cargo de director en las instituciones educativas.
La Ley 31987, publicada en el boletín de normas legales del Diario Oficial El Peruano, en su Artículo único, introduce modificaciones a la Ley 29944, también conocida como Ley de Reforma Magisterial.
Evaluación de desempeño y continuidad en sus roles
Dicha ley exige que los directores pasen una evaluación de desempeño para extender su mandato en dicha posición.
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Este enfoque tiene como objetivo garantizar que únicamente los directores más competentes y eficientes permanezcan en sus cargos, lo cual resulta fundamental para el avance y la mejora constante de la educación.
A solicitud del Ejecutivo, el Ministerio de Educación (Minedu) deberá ajustar esta normativa dentro de un plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, el Reglamento de la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial, aprobado mediante el Decreto Supremo 004-2013-ED.
¿Qué dice la norma?
La ley precisa que se incorpora la vigésima quinta disposición complementaria, transitoria y final, que amplía excepcionalmente la permanencia de los directivos de las instituciones educativas que culminaron su segundo periodo de designación el 30 de setiembre del 2022, sujeta a la aprobación de la evaluación de desempeño.
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En su Disposición Complementaria Final, la norma establece que el Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio de Educación, adecúa en un plazo no mayor de 30 días hábiles, contados a partir de la vigencia de la presente ley, el Reglamento de la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial, aprobado mediante el Decreto Supremo 004-2013-ED.