(Foto: Difusión)
(Foto: Difusión)

La Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera aprobó la modificación del Proyecto de Ley 6767, que propone modificar la Ley de Promoción de la Inversión en la .

La sesión virtual estuvo dirigida por el presidente de la comisión, el congresista Anthony Novoa Cruzado de Acción Popular.

La iniciativa propone modificar el numeral 11.2 del artículo 11 de la Ley 27037, con el objetivo de exceptuar a las del requisito de contar con sede central o domicilio fiscal dentro de la Amazonía.

Las empresas que no tienen su sede central en este territorio pagarían , pago que se carga en los recibos mensuales por consumo de electricidad.

Además, la propuesta señala que “para el goce de los beneficios tributarios señalados en los artículos 12, 13, 14 y 15 de la presente ley, los contribuyentes a excepción de los que prestan servicios de distribución y comercialización de electricidad y para los efectos del beneficio previsto en el numeral 13.1 del artículo 13 de la presente ley, deberán cumplir con los requisitos que establezca el reglamento, el cual deberá tomar en cuenta el domicilio de su sede central, su inscripción en los registros públicos, que sus activos y/o actividades se encuentren y se realicen en la Amazonía en un porcentaje no menor del 70 % del total de sus activos y/o actividades”

Sobre esto, el congresista Marco Verde de APP señaló que no se está creando una exoneración. “No se trata de un tema específicamente de la ley de la Amazonía. Esa ley ya existe, simplemente se está haciendo una modificación de uno de sus artículos para que el cobro sea equitativo en el caso específico de las tarifas eléctricas”, afirmó.