El Ejecutivo promulgó la ley mediante la cual se dispone la implementación progresiva de los sistemas digitales en los consultados del Perú.
La Ley 32082, publicada en la Edición Extraordinaria de la separata de Normas Legales del Diario El Peruano, indica que este proceso se aplicará en el ejercicio de las funciones propias del Ministerio de Relaciones exteriores en las oficinas consulares peruanas.
En tal sentido, la norma busca “garantizar la interoperabilidad técnica, legal, organizativa y semántica, así como el uso ético, sostenible y responsable de las tecnologías emergentes, como la inteligencia artificial para brindar servicios públicos permanentes, eficientes, transparentes y oportunos a los ciudadanos residentes en el Perú y en el extranjero”.
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Política Nacional
El Ministerio de Relaciones Exteriores será la entidad responsable de implementar este proceso, en el marco de la Política Nacional de Transformación Digital. El mismo se aplicará de manera gradual.
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Se dispone, asimismo, que “las entidades que generen o administren información, plataformas, sistemas y tecnologías relacionados con los procesos, procedimientos, funciones y servicios públicos a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores deben cooperar e interoperar con este, sin límite de consultas, salvaguardando las reservas o excepciones previstas por ley”.
“Aquellas entidades que no cuenten con las capacidades tecnológicas para interoperar con dicho ministerio proporcionan el acceso a la información mediante cualquier otro canal físico o digital conforme al marco legal vigente”, se indica en la ley.
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