Los establecimientos de hospedaje que no acaten esta obligación podrán ser penalizados con multas de hasta dos Unidades Impositivas Tributarias (UIT). (Foto: Pixabay)
Los establecimientos de hospedaje que no acaten esta obligación podrán ser penalizados con multas de hasta dos Unidades Impositivas Tributarias (UIT). (Foto: Pixabay)

El gobierno, a través de la , aprobó el nuevo Protocolo de Verificación y Fiscalización Migratoria en Establecimientos de y Arrendamiento de Inmuebles a Extranjeros.

Este protocolo establece las normas y procedimientos para verificar y fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones migratorias en dichos establecimientos.

Asimismo incorpora lineamientos actualizados que promueven una gestión más eficiente y transparente en las fiscalizaciones migratorias.

Además, amplía el alcance de las inspecciones a los a extranjeros, reforzando el monitoreo y registro de los hospedajes ofrecidos.

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Los operadores de y contarán con un plazo de 30 días hábiles para capacitarse en el uso de una plataforma digital que les permita registrar y verificar la documentación de los extranjeros.

Los establecimientos de hospedaje que no acaten esta obligación podrán ser penalizados con multas de hasta dos.

Las faltas se establecerán por no pedir los documentos de identidad a los extranjeros, no registrar correctamente la información o no enviarla a la plataforma de .

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