Como el 11 de abril, las personas que forman parte de los grupos de riesgo por la Pandemia de COVID-19 estarán exentas del pago de la multa por omisión al sufragio y por inasistencia a la integración de la mesa de sufragio en la segunda vuelta de las Elecciones Generales de Perú de 2021, que se realizan este domingo 6 de junio.
MIRA: ¿Puedo votar en la segunda vuelta si tengo una multa electoral sin pagar?
Así lo establece el Reglamento de Justificación y Dispensa Electoral sobre la materia, aprobado por el pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) el 5 de setiembre del 2020 y que aún está vigente, el cual busca prevenir contagios de coronavirus el día de los comicios.
![El reglamento tiene alcance para todo tipo de proceso electoral que genere multas electorales.](https://gestion.pe/resizer/ivxpoBuiQdlNwExPbiptxR7u5P4=/620x0/smart/filters:format(jpeg):quality(75)/cloudfront-us-east-1.images.arcpublishing.com/elcomercio/6KBC4XY5ORF4BNUHL7WMELGW2I.jpg)
Para dicho fin, los ciudadanos deben solicitar la justificación y/o dispensa de su multa electoral a través del Sistema de Dispensa Virtual (SISDIV), debiendo adjuntar copia simple del certificado médico o documento análogo expedido por entidad de salud privada o pública que acredite el grupo de riesgo.
En el caso del riesgo asociado a la edad del solicitante, éste será corroborado a través de la información contenida en el DNI (Documento Nacional de Identidad).
Los grupos de riesgo, establecidos por la Autoridad Nacional Sanitaria, comprenden a los mayores de 65 años y a quienes sufren de enfermedades cardiovasculares graves, pulmonares crónicas, hipertensión arterial no controlada, diabetes, cáncer, entre otros.
También se incluye a quienes, por presentar una temperatura superior a 37.5 grados, se vean impedidos de ingresar a los centros de votación.
![VMT: Adultos mayores hacen cola desde temprano](https://gestion.pe/resizer/ZXdnfzvp6eS8b4ip2jUZki1BUow=/580x326/smart/filters:format(jpeg):quality(75)/cdn.jwplayer.com/v2/media/vQZHsKMd/poster.jpg)
¿CÓMO HACER EL TRÁMITE?
El JNE dispuso que los trámites para justificaciones y dispensas de pago de multas electorales se desarrollen de manera virtual a través de su página web.
Estos pedidos podrán ser interpuestos desde el día siguiente de la segunda vuelta –el 7 de junio- a través de la dirección www.jne.gob.pe. Las respuestas correspondientes serán enviadas en un plazo máximo de dos días hábiles.
Tras acceder a la página institucional del JNE y haber hecho el pago respectivo ante el Banco de la Nación (bajo el código 01465), el usuario deberá de ingresar a la sección denominada Dispensa Virtual (https://dispensavirtual.jne.gob.pe/login).
Allí consignará los datos incluidos en su documento nacional de identidad y los documentos sustentatorios correspondientes, en formato de imagen o PDF.
Se trata de un servicio al que se podrá recurrir durante las 24 horas toda la semana de manera virtual, evitándose así el desplazamiento de los ciudadanos a los locales del JNE.
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