Las personas que por algún motivo no asistieron a sufragar y no están dentro del grupo de exonerados, deberán pagar la multa electoral(Foto: GEC)
Las personas que por algún motivo no asistieron a sufragar y no están dentro del grupo de exonerados, deberán pagar la multa electoral(Foto: GEC)

El domingo 6 de junio se llevó a cabo la segunda vuelta de las Elecciones generales de Perú de 2021, done los peruanos tuvieron que elegir al próximo presidente de la República en el periodo 2021-2016. Como la jornada se realizó en medio de la pandemia del COVID-19, con el fin de exponerse al virus -pese a los protocolos de seguridad- algunos electores no se acercaron a sus centros de votación.

Si bien en Perú el voto es obligatorio, los adultos mayores de 70 años están exonerados de votar en todo tipo de elecciones. No obstante, teniendo en cuenta que la jornada electoral se desarrollará en medio de una emergencia sanitaria, la ONPE precisó que a partir de los 65 años no es obligatorio asistir a votar, ya que son personas que están en el grupo vulnerable frente al coronavirus.

En tal sentido, las personas que por algún motivo no asistieron a sufragar y no están dentro de este grupo de exonerados deberán pagar la multa electoral, así como los que no cumplieron su función de miembro de mesa, tanto para los elegidos por la ONPE como los que se negaron a reemplazar a un miembro de mesa ausente. A raíz de ello surgen algunas preguntas ¿Cómo pagar la sanción económica y qué pasa si no cancelo la penalidad? A continuación, te lo detallamos.

Las personas que por algún motivo no asistieron a sufragar y no están dentro del grupo de exonerados, deberán pagar la multa electoral (Foto: EFE)
Las personas que por algún motivo no asistieron a sufragar y no están dentro del grupo de exonerados, deberán pagar la multa electoral (Foto: EFE)

MULTAS ELECTORES: ¿CUÁLES SON Y A CUÁNTO ASCIENDE LA PENALIDAD?

Elector omiso

El voto es obligatorio para los ciudadanos peruanos a partir de los 18 años cumplidos el mismo día de la elección. En caso no voten se estableció una escala de acuerdo con la zona donde vive.

  • Distrito no pobre: S/ 88
  • Distrito pobre no extremo: S/ 44
  • Distrito pobre extremo: S/ 22

Miembro de mesa omiso

Si fuiste sorteado miembro de mesa (titular o suplente), es tu deber asistir para ejercer esta función. De no hacerlo, deberás pagar una multa por omiso a la instalación de mesa.

  • La multa a pagar es de S/220.

Miembro de mesa y elector omiso

Si no cumples con la función de miembro de mesa y a la vez no votas, tendrás que pagar dos multas: una por omiso a la instalación de la mesa y la otra por omiso al sufragio.

  • El monto a pagar será: S/ 220 + multa de elector omiso según tu distrito.
El voto es obligatorio para los ciudadanos peruanos a partir de los 18 años cumplidos el mismo día de la elección. En caso no voten se estableció una escala de acuerdo con la zona donde vive (Foto: GEC)
El voto es obligatorio para los ciudadanos peruanos a partir de los 18 años cumplidos el mismo día de la elección. En caso no voten se estableció una escala de acuerdo con la zona donde vive (Foto: GEC)

CÓMO PAGAR LA MULTA POR NO VOTAR LA SEGUNDA VUELTA

1. Consulta si tienes una multa electoral

  • Puedes hacerlo desde: o . En esta web podrás ver si cuentas con una multa electoral, la razón y si se ha iniciado o no un proceso de cobranza.
  • También puedes averiguarlo en las oficinas del Jurado Nacional de Elecciones o en las mismas agencias del Banco de la Nación.

2. Paga tu multa

  • Puedes cancelar tu penalización:
  • A través de la plataforma .
  • En las agencias del Banco de la Nación.
  • En la caja de la oficina del JNE, ubicada en av. Nicolás de Piérola 1070, Cercado de Lima, con tarjeta Visa o efectivo.

El pago de las multas no es personal y cualquiera puede pagar tu deuda, brindando tu número de DNI. Eso sí, si no pagas tu multa, el JNE puede iniciar un proceso de cobranza coactiva, en donde pueden embargar tus cuentas bancarias.

QUÉ PASA SI NO PAGO MIS MULTAS ELECTORALES

  • No podrás inscribir cualquier acto relacionado con tu estado civil (matrimonio, divorcio, viudez, etc.).
  • No podrás intervenir en procesos judiciales o administrativos.
  • No podrás realizar actos notariales ni firmar ningún tipo de contrato.
  • No podrás ser nombrado funcionario público.
  • No podrás inscribirte en cualquier programa social y/o obtener brevete.
  • No podrás salir del país.
El pago de las multas no es personal y cualquiera puede pagar tu deuda, brindando tu número de DNI. Eso sí, si no pagas tu multa, el JNE puede iniciar un proceso de cobranza coactiva, en donde pueden embargar tus cuentas bancarias (Foto: GEC)
El pago de las multas no es personal y cualquiera puede pagar tu deuda, brindando tu número de DNI. Eso sí, si no pagas tu multa, el JNE puede iniciar un proceso de cobranza coactiva, en donde pueden embargar tus cuentas bancarias (Foto: GEC)