A través de una resolución ministerial publicado esta mañana, el Ministerio de Educación modificó las disposiciones que regulan el concurso público para el ingreso de la carrera pública magisterial 2021, la misma que determina los cuadros de mérito para la contratación docente 2022 al 2023 en instituciones educativas de Educación Básica.
De acuerdo a los considerandos se recuerda que el artículo 17 de la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial se establece que el ingreso a la Carrera Pública Magisterial es por concurso público, la misma que se formaliza mediante resolución de nombramiento en la primera escala magisterial.
Igualmente, esta ley da cuenta –en su artículo 19– que es el Ministerio de Educación la que autoriza, cada dos años, la convocatoria para el concurso publico de ingreso a la carrera pública magisterial.
En la misma se añade una vigésima segunda disposiciones complementarias para autorizar al Minedu la convocatoria anual para el concurso público de ingreso a la carrera magisterial entre 2018 y 2022, quedando en suspenso durante dicho plazo la periodicidad a que se hace referencia en el artículo 19 de la Ley Nº 29944
Además, se explica que el artículo 76 de la Ley de Reforma Magisterial indica que las plazas vacantes existentes en las instituciones educativas no cubiertas por nombramiento, son atendidas vía concurso público de contratación docente.
Ante lo cual –a través del artículo 209 del reglamento de la Ley de Reforma Magisterial– se establece que el Ministerio de Educación emitirá las normas de procedimiento para contratación de profesores, las que son de obligatorio cumplimiento a nivel nacional por las instancias de gestión educativa descentralizada.
Recuerda que a través del Decreto Legislativo N° 1494, se incorpora la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria, Transitoria y Final a la Ley de Reforma Magisterial, en el que se da por concluido el Concurso de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial 2020, en virtud a la situación del Estado de Emergencia Sanitaria y Emergencia Nacional a consecuencia del COVID-19.
En la misma se establece que los profesores que se hayan inscrito en el mencionado concurso, son considerados como postulantes habilitados para participar en el Concurso de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial que se implementará en el año 2021, salvo que declaren su intención de no participar en el mismo.
También mediante Resolución Viceministerial N° 291-2020-MINEDU, se aprueba el documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial - 2021 y que Determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2022-2023 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica”, el mismo que tiene como objetivo establecer los criterios técnicos y procedimientos para la organización, implementación y ejecución del mencionado concurso, y que fuera modificado mediante Resolución Viceministerial N° 194-2021-MINEDU.
Ante ello con la Resolución Viceministerial N° 001-2021-MINEDU se convoca al Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial - 2021 y que Determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2022-2023 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y se aprueba su cronograma.
“Que mediante Decreto Supremo N° 014-2021-MINEDU se declara en emergencia al Sistema Educativo Peruano a nivel nacional durante el segundo semestre del año 2021 y el primer semestre del año 2022, por los efectos negativos producidos en el Sistema Educativo como consecuencia de la COVID-19, y mediante Resolución Ministerial N° 368-2021-MINEDU se aprueba el Plan de Emergencia del Sistema Educativo Peruano, en el que se establece la ampliación de oferta y cobertura oportuna de plazas para garantizar la prestación del servicio educativo”, añade.
-Cambios-
El Minedu alega que bajo el marco normativo actual y tras un informe elaborado por la Dirección de Evaluación Docente se sustenta la necesidad de modificar el documento normativo referido a las disposiciones que regulan el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial – 2021 y que Determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2022-2023 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica.
Con la finalidad de atender la ampliación de oferta y cobertura de plazas a partir de la mejora del proceso de selección y asignación de Instituciones Educativas, brindando mayores oportunidades a los postulantes.
Añade que de la revisión realizada a los documentos, se advierte que el documento normativo cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Educación Básica Regular, de la Dirección General de Gestión Descentralizada, de la Dirección General de Calidad de Gestión Escolar, de la Dirección General de Educación Técnico Productiva y Superior Tecnológica y Artística, de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados, de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, de la Dirección Técnico Normativa de Docente, de la Dirección de Formación Docente en Servicio, de la Dirección de Formación Inicial Docente y de la Dirección de Promoción del Bienestar y Reconocimiento Docente dependientes de la Dirección General de Desarrollo Docente;
Y que además, mediante el Informe Nº 01465-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, emite opinión favorable para continuar con el trámite de aprobación de la modificación del documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial – 2021 y que Determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2022-2023 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica”, dado que se encuentra alineado con los documentos de planificación estratégica e institucional del Sector Educación y desde el punto de vista presupuestal, su implementación no irrogará gastos adicionales.