Los casos de coronavirus en el país bordean las 100 personas y podría ir en aumento, por tal motivo el mandatario dispuso la restricción del derecho de libre tránsito dentro del país (Foto: Anthony Niño de Guzmán/ GEC)
Los casos de coronavirus en el país bordean las 100 personas y podría ir en aumento, por tal motivo el mandatario dispuso la restricción del derecho de libre tránsito dentro del país (Foto: Anthony Niño de Guzmán/ GEC)

El Perú en Estado de Emergencia Nacional. El presidente Martín Vizcarra, acompañado del Consejo de Ministros, anunció el domingo 15 de marzo la emisión de un decreto supremo que declara Estado de Emergencia Nacional por 15 días calendario para evitar más contagios de coronavirus (COVID-19) en el país. Esta disposición implica el aislamiento social obligatorio de la población.

Los casos de en el país bordean las 100 personas y podría ir en aumento, por tal motivo el mandatario dispuso la restricción del derecho de libre tránsito dentro del país, así como el cierre de comercios y empresas, con la excepción de bancos, farmacias y locales que vendan productos de primera necesidad. Asimismo, las Fuerzas Armadas apoyarán en las labores de seguridad.

Vizcarra también anunció la suspensión del transporte internacional de pasajeros por vía aérea, marítima y terrestre durante ese lapso de tiempo. Así como el transporte interprovincial.

Medidas para evitar brote de coronavirus en Perú
El presidente Vizcarra informó que el Consejo de Ministros aprobó declarar el estado de emergencia nacional por 15 días (Video: Presidencia | Foto: Pixabay)

Pero, ¿qué significa que el estado de emergencia y en qué se diferencia del toque de queda? A continuación te aclaramos el panorama.

¿QUÉ ES EL ESTADO DE EMERGENCIA?

El estado de emergencia es una medida contemplada en el inciso 1 del artículo 137 de la Constitución Política del Perú. En ella se explica que su aplicación se puede dar “en caso de perturbación de la paz o del orden interno, de catástrofe o de graves circunstancias que afecten la vida de la Nación”. En este caso, la presencia de la pandemia COVID-19 es causal para su declaratoria.

“En esta eventualidad, puede restringirse o suspenderse el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio comprendidos en los incisos 9, 11 y 12 del artículo 2 y en el inciso 24, apartado f del mismo artículo. En ninguna circunstancia se puede desterrar a nadie”, dice el texto de la Carta Magna.

De esta manera, algunos derechos de los peruanos pueden limitarse, pero eso no significa que el Estado dejará de respetar y garantizarlos.

El uso del Metro de Lima se ejecuta luego de que el Ejecutivo decretó el Estado de Emergencia Nacional durante 15 días y el aislamiento social obligatorio (cuarentena) como parte de las medidas para frenar el avance del coronavirus. (Foto: Anthony Niño de Guzmán/ GEC)
El uso del Metro de Lima se ejecuta luego de que el Ejecutivo decretó el Estado de Emergencia Nacional durante 15 días y el aislamiento social obligatorio (cuarentena) como parte de las medidas para frenar el avance del coronavirus. (Foto: Anthony Niño de Guzmán/ GEC)
  • ¿QUÉ IMPLICA UN ESTADO DE EMERGENCIA?

En las palabras del propio mandatario, la medida implica el “aislamiento social obligatorio de la población”. A este se le suma, según la norma, la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio.

TOQUE DE QUEDA Y SU DIFERENCIA CON EL ESTADO DE EMERGENCIA

El abogado penalista Mario Amoretti explica que un toque de queda implica el establecimiento de un horario (de toque a toque) en la que queda terminantemente prohibido el libre tránsito. El anuncio del Vizcarra no lo incluye; sin embargo, las salidas de los ciudadanos de sus viviendas se deben limitar solo a actividades puntuales que han sido previstas en el anuncio presidencial (compra de alimentos, atención médica).

“Se puede salir con la indicación de que voy a comprar, al hospital, a un centro de salud o por una cuestión laboral de urgencia. No hay esa prohibición que sí hay un toque de queda”, explica el letrado.

Asimismo, los ciudadanos no deben ignorar que el incumplimiento de esta medida acarrea sanciones penales. Amoretti explica que en un caso de desobediencia a la autoridad las penas van de tres a seis años de cárcel.

Así lucen las calles de Lima tras declaratoria de Estado de Emergencia Nacional por coronavirus (Fotos: Gonzalo Córdova)
Así lucen las calles de Lima tras declaratoria de Estado de Emergencia Nacional por coronavirus (Fotos: Gonzalo Córdova)

ASÍ ANUNCIÓ VIZCARRA EL ESTADO DE EMERGENCIA EN PERÚ

“En los últimos días el coronavirus se ha extendido a diversos países del mundo, lo que ha llevado a la OMS ha declararlo como pandemia, y distintas naciones a adoptar diversas medidas", inició el mensaje a la nación el presidente Martín Vizcarra.

"Estamos ante el riesgo de que este virus pueda extenderse en todo el territorio lo que haría más difícil controlarlo. Es por ello que hemos aprobado de manera unánime un decreto de estado de emergencia nacional por 15 días”, señaló el presidente.

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Mensaje a la nación de Martín Vizcarra sobre el estado de emergencia
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