El Concejo deberá elevar el acta del acuerdo al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) para que ellos, en un plazo máximo de 30 días, confirmen o desestimen la decisión de los regidores. (Foto: Andina)
El Concejo deberá elevar el acta del acuerdo al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) para que ellos, en un plazo máximo de 30 días, confirmen o desestimen la decisión de los regidores. (Foto: Andina)

El Concejo Provincial de declaró por mayoría, 14 votos a favor y 2 en contra, la vacancia del suspendido alcalde . La causal de condena consentida o ejecutoriada se encuentra descrita en el numeral 6 del artículo 22 de la Ley Orgánica de Municipalidades.

El Concejo deberá elevar el acta del acuerdo al Jurado Nacional de Elecciones () para que ellos, en un plazo máximo de 30 días, confirmen o desestimen la decisión de los regidores.

César Arturo Fernández Bazán actualmente se encuentra con orden de detención, tras haber sido declarado reo contumaz por su actitud dilatoria en otro proceso de difamación que tiene en su contra.

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Desde el 10 de enero, el primer regidor Mario Reyna Rodríguez se desempeña como alcalde de Trujillo de forma temporal, luego que el JNE ratificara el acuerdo de regidores donde se suspende a Arturo Fernández por tener sentencia en segunda instancia por delito doloso.

Si el JNE ratifica la decisión del Concejo Provincial, Reyna Rodríguez deberá terminar el periodo municipal que culmina en diciembre del 2026.

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Esta es la tercera vez que los concejales atendían un pedido de vacancia. El JNE también rechazó el último pedido de vacancia precisamente por haber una queja pendiente de resolver.

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