Trabajos de señalización deberán instalarse en los accesos principales al Circuito de Playas de la Costa Verde. (Foto: Referencial/Archivo GEC)
Trabajos de señalización deberán instalarse en los accesos principales al Circuito de Playas de la Costa Verde. (Foto: Referencial/Archivo GEC)

La Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) publicó la, , que informa sobre que se restringe la circulación de los vehículos de carga pesada y/o mercancías en el Circuito de Playas de la Costa Verde, cuyo peso bruto o combinado supere los 6.5 toneladas. La medida se aplicará desde este miércoles 4 de diciembre.

Según el dispositivo legal, la restricción vehicular se aplicará desde la Bajada Escardó (San Miguel) hasta la bajada Huaylas (Chorrillos), durante las 24 horas del día.

En la norma se precisa que el pasado 21 de junio, la Autoridad del Proyecto Costa Verde de la Municipalidad Metropolitana de Lima, puso en conocimiento de la Gerencia de Transporte Urbano (GTU) que en la zona de la Playa La Pampilla I y Pampilla II se detectó la erosión debajo de la pasarela peatonal de cemento que podría generar alto peligro a la circulación peatonal y vehicular.

Ante ello, se solicitó la restricción de circulación de vehículos de transporte de carga Circuito de Playas de la Costa Verde, como una de las medidas necesarias para la seguridad del tránsito vehicular y peatonal.

Los vehículos excluidos del ámbito de aplicación de esta Resolución de Gerencia en el Circuito de Playas de la Costa Verde son:

  • -Vehículos encargados de recojo de residuos sólidos (basura), todos los días, dentro del horario de 22:00 a 24:00 horas.
  • - Vehículos destinados al remolque (grúas) en cumplimiento de sus funciones.
  • - Vehículos destinados a la atención de emergencias, en cumplimiento de sus funciones.
  • - Vehículos destinados a la atención de servicios públicos, en cumplimiento de sus funciones.
  • - Vehículos de radio y televisión, en cumplimiento de sus funciones.
  • - Vehículos que coadyuven a la ejecución de obras dentro de la vía, siempre que circulen de conformidad con la autorización de interferencia de vías.
  • - Vehículos destinados al abastecimiento a los restaurantes, clubes, bares y otros locales de venta al público, así como aquellos cuya finalidad sea la implementación logística para eventos temporales, siempre que no superen las 18.5 toneladas de peso bruto vehicular o peso bruto vehicular combinado dentro de la franja horaria de 21:00 horas a 06:00 horas de lunes a sábado.
  • - Vehículos destinados al transporte y custodia de dinero y valores.
  • - Vehículos de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú.
  • - Vehículos de transporte de carga y/o mercancías de propiedad de las municipalidades distritales comprendidas en el tramo de restricción, y que superen las 6.5 toneladas de peso bruto vehicular, podrán circular dentro de franja horaria de 21:00 a 06:00 horas de lunes a domingo.

-Otras acciones-

De otro lado, la Subgerencia de Ingeniería de Tránsito coordinará con la Empresa Municipal Administradora de Peaje de Lima – EMAPE S.A. para ejecutar los trabajos de señalización vertical correspondientes, los mismos que deberán instalarse en los accesos principales al Circuito de Playas de la Costa Verde.

En tanto, la Subgerencia de Fiscalización del Transporte estará a cargo de las acciones de fiscalización para el cumplimiento de la presente resolución, en coordinación con las municipalidades distritales involucradas.

La presente Resolución señala que esta medida debe ser comunicada a la Policía Nacional del Perú (PNP), Subgerencia de Fiscalización del Transporte, al Servicio de Administración Tributaria de Lima – SAT, la Autoridad del Proyecto Costa Verde, y las municipalidades distritales involucradas; para los fines correspondientes.