El derecho de conocer los datos del paciente a diario por parte de familiares no se restringe por la declaración del estado de emergencia sanitaria nacional decretado para frenar avance del coronavirus. (Foto: Manuel Melgar/GEC)
El derecho de conocer los datos del paciente a diario por parte de familiares no se restringe por la declaración del estado de emergencia sanitaria nacional decretado para frenar avance del coronavirus. (Foto: Manuel Melgar/GEC)

La Superintendencia Nacional de Salud (Susalud) informó que los establecimientos de salud públicos y privados tienen la obligación de informar a las familias sobre el estado de salud de sus pacientes, sean o no diagnosticados por el Covid-19.

El doctor Carlos Acosta, superintendente nacional de salud, explicó que de acuerdo con el , que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29414, ley que establece los derechos de las personas usuarias de los servicios de salud, toda persona o su representante, entiéndase familiares, tienen derecho a la información sobre su enfermedad.

“Este derecho no se restringe por la declaración del estado de emergencia sanitaria nacional frente al COVID-19”, manifestó el titular del organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Salud (Minsa).

En ese sentido, afirmó que todas las instituciones prestadoras de servicios de salud (Ipress), a través de sus autoridades y médicos, tienen la obligación de brindar datos diarios de los pacientes a los integrantes de la familia. De lo contrario, el establecimiento de salud podría ser denunciado ante su incumplimiento y sancionado.

“No solo es una obligación dispuesta por una norma, es también parte del trato humanizado que debe preservar la relación de médicos y pacientes al que se suman los trabajadores sanitarios y los familiares de los pacientes”, refirió Acosta.

Por ello, el funcionario recomendó que, en medio del actual estado de aislamiento social obligatorio, que limita el desplazamiento y ante el riesgo de generar nuevos contagios por coronavirus, las IPRESS deben emplear medios no presenciales para cumplir con su obligación.

Los familiares deberán comunicar a los establecimientos de salud, los datos de una persona autorizada a la que se deberá brindar la información diaria sobre el estado de salud del paciente.

SuSalud indicó que se encuentra monitoreando e interviniendo en situaciones donde no se cumpla con el derecho de acceso a la información que le asiste a todo paciente, a fin de salvaguardar sus derechos en salud.

Además, señaló que está a disposición de la población, sin descanso, las 24 horas, todos los días desde la línea gratuita 113 y a través de sus redes sociales en Facebook, Twitter e Instagram. SuSalud recordó que la divulgación de los datos de personas diagnosticadas, hospitalizadas o fallecidas por COVID-19 serán sancionados con una de multa de hasta S/ 1’290.000.

VIDEO RECOMENDADO

Bono de S/380: Sujeto estafó a varios beneficiarios del subsidio tras hacerse pasar como tramitador

Bono de S/380: Sujeto estafó a varios beneficiarios del subsidio tras hacerse pasar como tramitador

Estimado(a) lector(a)

En Gestión, valoramos profundamente la labor periodística que realizamos para mantenerlos informados. Por ello, les recordamos que no está permitido, reproducir, comercializar, distribuir, copiar total o parcialmente los contenidos que publicamos en nuestra web, sin autorizacion previa y expresa de Empresa Editora El Comercio S.A.

En su lugar, los invitamos a compartir el enlace de nuestras publicaciones, para que más personas puedan acceder a información veraz y de calidad directamente desde nuestra fuente oficial.

Asimismo, pueden suscribirse y disfrutar de todo el contenido exclusivo que elaboramos para Uds.

Gracias por ayudarnos a proteger y valorar este esfuerzo.