La Comisión de Salud y Población del Congreso, presidida por la congresista, Elva Julón Irigoín (APP) aprobó, en sesión extraordinaria, insistir en la autógrafa de la ley que modifica la Ley 31336, Ley Nacional del Cáncer, para garantizar la atención y cobertura universal y gratuita para pacientes oncológicos.
La insistencia fue aprobada con doce votos a favor, tres en contra y cero abstenciones.
La norma, se sustenta en los proyectos de ley 2379/2021, 2430/2021 y 3118/2022. Fue aprobada en primera y segunda votación durante la sesión plenaria del 12 de abril último. La autógrafa fue envida al Poder Ejecutivo para su promulgación el 4 de mayo, y fue observada el siguiente día 25.
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El Poder Ejecutivo observó la autógrafa en cuatro puntos y la comisión decidió insistir en tres y allanarse en un solo extremo; sin embargo, luego de la participación del congresista Jorge Marticorena Mendoza (PB) se aprobó insistir en el texto aprobado durante el Pleno de manera completa.
La norma aprobada modifica los artículos 4, 5, 6 y 7 y de las disposiciones complementarias finales cuarta y quinta de la Ley 31336, Ley Nacional del Cáncer.
El artículo 4 establece la Política Nacional del Cáncer y que “se ejecuta a través de la Red Oncológica Nacional a que se refiere el artículo 11 de esta ley, en coordinación con los otros sectores involucrados y los diferentes niveles de gobierno, de conformidad con los lineamientos dictados por el sector”.
El artículo 5 define el financiamiento; el 6 el equipamiento e infraestructura; el 7 las acciones de prevención y detección temprana del cáncer.
Cabe destacar que el parlamentario Juan Mori Celis (AP) planteó una cuestión previa para que el dictamen revierta a la comisión para una mejor evaluación, la cual fue rechazada con 5 votos a favor, 10 votos en contra y cero abstenciones.
Seguidamente, se aprobó por mayoría el dictamen que regula el uso de sustancias modelantes en tratamientos corporales con fines estéticos, cuyo texto se sustenta en el proyecto de ley 4506/2022. Obtuvo catorce votos a favor, cero en contra y una abstención.
Para ello, se modifican los artículos 2, 4 y 8 de la Ley 31014, Ley que regula el uso de sustancias modelantes en tratamientos corporales con fines estéticos y define dicho procedimiento como Acto Médico.
En el artículo 2 se prohíbe el “uso de sustancias modelantes de relleno permanentes no biodegradables ni absorbibles en tratamientos corporales con fines estéticos, “que no figuren en el listado de sustancias modelantes permitidas en el marco de lo dispuesto en el artículo 7 de la presente ley””.
Asimismo, se aprobó por unanimidad de diecisiete votos dos dictámenes que tiene relación con el nombramiento de personal CAS y ascenso laboral en el sector Salud.
El primero es el dictamen recaído en los proyectos de Ley 2482/2021, 5006/2022 y 4170/2022, que propone la Ley que autoriza, excepcionalmente, y por única vez, el nombramiento del personal administrativo contratado bajo el régimen especial de contratación administrativa de servicios –CAS, en el sector salud.
El segundo dictamen es el que se sustenta en el proyecto de ley 4735/2022, y propone autorizar, excepcionalmente, y por única vez, al Ministerio de Salud, sus organismos públicos, gobiernos regionales y demás pliegos presupuestales involucrados, a realizar el proceso de ascenso por años de servicio en el nivel que corresponda al personal asistencial de la salud.
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