Desde diciembre el Centro de Arbitraje del Colegio de Abogados de Lima aplicará un reglamento especial con el objetivo de acelerar las ejecuciones de los laudos arbitrales, que son una vía alterna a la judicial, donde las partes pueden resolver sus controversias.
“Resolver un arbitraje puede tomar dos años, pero para ejecutar un laudo que requiera el uso de la fuerza, hay que ir a la vía judicial. Y allí puedes terminar en un enredado proceso judicial por unos cuatro años”, refirió Daniel Linares, socio de Linares Abogados y miembro del Consejo Superior del Centro de Arbitraje del Colegio de Abogados de Lima.
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Frente a ello, Linares remarca que el nuevo reglamento busca avanzar la ejecución por la vía arbitral hasta el máximo de su competencia, de manera que luego se agilice la continuidad de este proceso en la vía judicial.
Por su parte, Luis Alberto Liñán, socio de Solución de Conflictos de CMS Grau, destaca que con el nuevo reglamento se reducen las posibilidades de impugnar los procedimientos de ejecución de los laudos arbitrales.
Así, el nuevo reglamento establece que la parte ejecutada solo podrá oponerse si acredita con documentos lo siguiente:
i) El cumplimiento total o parcial de la obligación requerida.
ii) Que ha llegado a un acuerdo con la parte ejecutante, en mérito al cual cumple o se regula el cumplimiento total o parcial del laudo.
iii) El Poder Judicial ha dispuesto la suspensión de la ejecución conforme al artículo 66 de la Ley de Arbitraje.
“El Tribunal Arbitral correrá traslado de la oposición a la parte ejecutante por el plazo de cinco días. Vencido este plazo, el Tribunal resolverá dentro de los cinco días siguientes mediante orden procesal definitiva”, agrega el reglamento.
“Esa oposición lo va a resolver el mismo tribunal arbitral; y ya no hay más impugnaciones, se procede al remate y al embargo. La idea me parece positiva, podría servir para ahorrar varios meses de espera”, refirió Liñán.
Por su parte Daniel Linares precisó que el nuevo reglamento aplicará desde el 5 de diciembre, para quienes se sometan voluntariamente a esta normativa.
“Esto servirá sobre todo para los contratos comerciales, de compraventa, alquileres, entre otros”, anotó Linares.
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Licenciado en periodismo de la PUCP, con más de diez años de experiencia en medios de prensa escritos y digitales.