Hoy se publicó la ley que busca mejorar la labor del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú (Cgbvp). Se trata de la Ley 31417, publicada hoy en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
La norma modifica los artículos 5,8,9, y 26 del Decreto Legislativo 1260, relacionados con las funciones de esta institución, la edad de pase al retiro de los bomberos activos, beneficios y causales de vacancia del Intendente General, entre otros aspectos.
Esta ley precisa las causales de pase al retiro y expulsiones (sentencia condenatoria firme por delito doloso). También se establece que la edad de jubilación será a los 70 años de edad.
Otros aspectos de la norma están relacionados a los beneficios de los bomberos como una subvención única con cargo al Fondo de Invalidez y Protección de los Bomberos por acto de servicio, descuentos del 25% en el pago de estudios de maestrías y doctorados que ofrezcan las universidades públicas y privadas, prioridad para acceder a los programas sociales de Mi Vivienda y Techo Propio, exoneración de pagos por certificados médicos, entre otros beneficios.
La norma contempla una disposición complementaria final, que establece un plazo de 60 días calendarios a partir de la publicación de la presente ley, para que el Ministerio del Interior (Mininter) adecúe el reglamento del Decreto Legislativo 1260 aprobado por Decreto Supremo 019-2017- del sector Interior.
La publicación de la ley lleva las rúbricas de la presidenta del Congreso, María del Carmen Alva; de la primera vicepresidenta del Parlamento, Lady Camones; del jefe del Gabinete Ministerial, Aníbal Torres, y presidente de la República, Pedro Castillo.
El pasado 13 de enero se realizó la sustentación del dictamen que estuvo a cargo del presidente de la Comisión de Defensa Nacional y Orden Interno, José Williams Zapata (Avanza País). La proposición fue aprobada con 112 votos a favor y ningún voto en contra y ninguna abstención.