(Foto: GEC)
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A partir de mañana el podrá sancionar con multas de hasta S/ 8,600 a las y boticas que no cuenten con un stock garantizado de medicamentos genéricos, según el reglamento del Decreto de Urgencia N° 007-2019 referido al acceso de dichos productos.

El incumplimiento de lo dispuesto por el Gobierno dará lugar a la aplicación de la escala de infracciones y sanciones a las farmacias y boticas por no mantener disponible la dispensación de medicamentos esenciales genéricos del listado aprobado por el Minsa. Por ley, se podrá aplicar desde una amonestación no monetaria hasta el pago de 2 UIT (S/ 8,600).

Por ello, la pregunta de hoy es:

¿Las farmacias que no garanticen stock de medicamentos genéricos deben ser sancionadas?

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