La Comisión de Descentralización, Regionalización, Gobiernos Locales y Modernización de la Gestión del Estado debatirá el predictamen de tres proyectos de ley que proponen la modificación de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo (LOPE) con el propósito de fijar requisitos para la designación de ministros y viceministros de Estado.
El grupo de trabajo, que preside la congresista Norma Yarrow, establece como prohibición para ser nombrado ministro o viceministro “tener sentencia condenatoria en primera instancia, en calidad de autor o cómplice, por delito doloso, así como estar inhabilitado para ejercer cargo público”.
Asimismo, se considera que con 24 horas de anticipación a la juramentación se debe publicar en el portal de la Presidencia de Consejo de Ministros (para el caso de ministros) y en el portal de cada sector (para caso de viceministros) la resolución de nombramiento que corresponda con un anexo que contiene la declaración jurada del funcionario nombrado.
Ante ello, la pregunta de hoy es:
¿Deben establecerse requisitos para ser ministros o viceministros?
Envíenos sus comentarios. Dos respuestas serán publicadas en la edición impresa del lunes.