Siempre es bueno revisar lo recorrido en el 2024. Y cuando hacemos un repaso de lo que ha sucedido en el 2024 en materia tributaria, no nos puede sino quedar finalmente un extraño sinsabor, ya que en la balanza existen normas populistas, recaudatorias y sin mayor técnica legislativa, frente a vacíos que nunca se llenaron.
En efecto, respecto de los vacíos que aún permanecen como una tarea inconclusa, uno de ellos es que los Regímenes tributarios nunca se simplificaron en el 2024, a pesar de que era un clamor reiterado de los contribuyentes y hasta del Ejecutivo. En tal sentido, el Legislativo permitió facultades delegadas, pero no se aprobó el reestructurar los referidos Regímenes que hoy se mantienen en cuatro: Nuevo-RUS, Régimen Especial de Renta, Mype - Tributario y Régimen General.
Sumado a ello, no se ha advertido claros y efectivos aumentos en la base de los contribuyentes, ni un incremento de la cultura tributaria. Los formales muchas veces piensan dos veces en serlo, por la implacable fiscalización que les cae encima. No estamos objetando una necesaria fiscalización, sino que ésta debería en la práctica priorizar lo razonable, el fondo sobre la forma.
LEA TAMBIÉN: ¿Nuevo impuesto a las grandes empresas?
En efecto, nadie en este país lleva una contabilidad y controles tributarios de primer mundo -como exige el fisco-, en especial las pobres Mypes, que con las justas logran subsistir. No hay capacitaciones respecto de qué documentos deberán de guardar para salir airosos en una fiscalización, qué mínimamente conservar y cómo explicar adecuadamente una operación en una revisión del Fisco. Luego les caen fiscalizaciones implacables, con plazos que no admiten muchas veces prórrogas (lo cual sería ilegal), y bajo resultados de Requerimientos que parecieran ya predeterminados. Las multas se transforman a la vez en una barrera al crecimiento, al ser impagables (solo recuérdese que el no presentar una DJ conlleva 1 UIT de sanción -para el 2025 S/ 5350-, más de los que muchos ganan). Y este valor exhorbitante de las multas no se ha modificado.
Terminó el 2024 y muchas se han preguntado…¿dónde ha quedado la necesaria educación tributaria?. ¿Por qué en la legislación no se clarifica un mínimo de pruebas a guardarse para justificar las operaciones de ventas y de servicios, para que éstas no sean calificadas abusivamente como “operaciones no reales”?. Nada de esto sucedió en el 2024.
Esta situación genera que el contribuyente sienta que la balanza se inclina a favor de los intereses recaudatorios, pues por ejemplo, en el 2025 funcionarán los temidos “Perfiles de cumplimiento”, el aprovechamiento de un crédito fiscal del IGV ya no a doce meses sino de uno a tres meses contados desde la emisión del comprobante, entre otras acciones de control. Y el contribuyente sigue además no viendo a dónde van transparentemente sus impuestos.
LEA TAMBIÉN: Sepa cuánto en impuestos pagará un trabajador en planilla este 2025 con el alza de la UIT
Recuérdese que se publicó un fraccionamiento especial (FRAES) con vencimiento al 20 de diciembre, y una disposición refundida en la Ley de Presupuesto lo extendió al 28 de febrero de 2025, pero con vigencia esa extensión desde el 01.01.25, lo cual era inconstitucional, pues por disposición de la Carta Magna, las normas presupuestarias no pueden contener materia tributaria. ¿Cómo se solucionó ello?. Pues el 29.12 se publica la Ley 32220, que señala (en norma también refundida) que se prorroga el FRAES al 28.02.25 (solucionando así la inconstitucionalidad), pero limitando el fraccionamiento a un “pago al contado”, con rebaja de intereses y sanciones, a pesar de que SUNAT interpreta que se aplica no solo a esa forma de regularización sino al pago sumario y fraccionado. ¿De qué “fraccionamiento” hablaríamos ahora, si se debe pagar en una sola cuota?. Se transformó ello en una amnistía de intereses y sanciones, zurrándose así en la seguridad jurídica. Aparece un Congreso haciendo agua, respecto de una norma que el Ejecutivo no aprobó y salió por insistencia. Ahora la norma -con los cambios señalados- ha perdido notable interés pues está llena de incertidumbres y destinada al fracaso.
Se publica también -por insistencia- la Ley 32201 que establece “un régimen excepcional del IR para promover la formalización de la economía y ampliación de la base tributara de contribuyentes respecto de rentas no declaradas”, título rimbombante para una amnistía, que en verdad premia a los evasores y que duró -sí, óiganlo bien- del 19 al 29 de diciembre de 2024, sin que salieran nunca las normas de la SUNAT bajo RS para determinar los detalles complementarios y formales. Todo siguiendo actitudes antitécnicas, por lo que solo fue una norma “para la foto”, que no amplía base alguna ni formaliza. ¿A qué juega entonces aquí el Estado?.
Y por otro lado ya estará vigente desde el 2025 el “Netflix tax”, el ISC a los casinos on line, pero no se sigue gravando con el IR a los no domiciliados por los “servicios B2C”, favoreciendo así a las grandes empresas extranjeras, y castigando al ciudadano de a pie.
LEA TAMBIÉN: ¿El accionista y/o representante de una empresa responden por las deudas tributarias?
Y como cereza al pastel, se ha extendió los beneficios a restaurantes y hoteles Mypes, con un IGV que irá de 8% a 12% hasta el 2027. Sabemos que con esas disposiciones los precios no bajarán y eso solo aumentará el margen de los empresarios, perjudicando nuevamente al consumidor final.
En suma, dejamos el 2024 bajo una vorágine de desaciertos, con normas sin mayor fundamento y hasta inconstitucionales, bajo una permanente situación que linda con el abuso del derecho.
Esperemos que en este 2025 que ya ha arrancado, lo tributario se tiña de coherencia y mejores perspectivas, bajo el paraguas de los principios tributarios constitucionalizados.
LEA TAMBIÉN: Régimen excepcional de regularización de rentas: ¿Un paso hacia la formalización?
Catedrático de las universidades del Pacífico, UPC y UCSUR. Director de la Maestría en Tributación de la UPC.
Comienza a destacar en el mundo empresarial recibiendo las noticias más exclusivas del día en tu bandeja Aquí. Si aún no tienes una cuenta, Regístrate gratis y sé parte de nuestra comunidad.