Trámite deben realizar los trabajadores independientes cuyos ingresos anuales o que en el año estimen que no superarán los S/ 38,500. (Foto: Difusión)
Trámite deben realizar los trabajadores independientes cuyos ingresos anuales o que en el año estimen que no superarán los S/ 38,500. (Foto: Difusión)

La suspensión de retenciones del Impuesto a la Renta (IR) de Cuarta Categoría, para el caso de trabajadores independientes cuyos ingresos anuales o que en el año estimen que no superarán los S/ 38,500 puede solicitarse de manera virtual, informó la.

Indicó que a través de este trámite online se suspende la retención del 8% mensual del monto consignado en el recibo por honorarios electrónico, cuando este sea superior a los S/ 1,500.

De igual manera, ya no se presentará la declaración mensual de pagos a cuenta. Para realizar el trámite debe seguir estos tres pasos:

  1. Ingrese a SUNAT Operaciones en Línea, módulo disponible en el portal , con su Clave SOL.
  2. Ubique la sección “Suspensión de Retenciones de Cuarta Categoría” (Formulario Virtual 1609).
  3. Precise la fecha en la que recibió su primer ingreso por Rentas de Cuarta Categoría y el monto total proyectado para todo el año (debe registrar solo los ingresos de Cuarta Categoría, como profesional independiente o de Cuarta y Quinta Categorías, si, además, está en planilla).

La Sunat precisó que el sistema verificará “en línea” la información presentada y procederá a autorizar la suspensión de retenciones y/o pagos a cuenta, si no se supera el monto límite anual, emitiendo la constancia correspondiente que se podrá enviar al correo electrónico que desee.

“La suspensión tiene efecto desde el día siguiente a la fecha del trámite y es vigente hasta el 31 de diciembre del presente año”, detalló.

Agregó que trámite también lo pueden realizar aquellos que obtengan Rentas de Cuarta Categoría por el desempeño de funciones de director de empresas, síndico, mandatario y similares y cuyo monto no deberá superar los S/ 30,800.

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