(Foto:Andina)
(Foto:Andina)

El incumplimiento en la declaración de renta de fuente extranjera asciende aproximadamente a S/ 2,000 millones e involucraría a alrededor de 15,000 personas naturales domiciliadas en el Perú, a quienes se ha enviado alertas preventivas para que declaren esos ingresos, informó la Sunat.

Dicho monto fue estimado a través de diversas fuentes de información internas y externas con los que cuenta la entidad; la cual inició una campaña de notificación a estas personas para que declaren voluntariamente esas rentas.

Así, se han enviado comunicaciones directas al buzón Sunat, al correo electrónico y a los números celulares de las personas con este tipo de rentas para orientarlas sobre cómo determinar y abonar el impuesto correspondiente, durante la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta del 2019 o, de ser el caso, la regularización por los ejercicios anteriores.

A la fecha, algunas de las personas que recibieron estas comunicaciones ya adelantaron la presentación de su Declaración Jurada Anual, incluyendo rentas de fuente extranjera por un monto acumulado cercano a S/ 9 millones; sin haberse iniciado aún el vencimiento de la declaración.

En la Declaración Anual del ejercicio 2018 solo unas 5,000 personas que presentaron dicha declaración reportaron rentas de fuente extranjera, es decir, el 1% del total de contribuyentes que presentaron su declaración.

No obstante, la autoridad fiscal estima que más de 20,000 personas cada año deben declarar los ingresos obtenidos en el exterior.

-¿Qué pasa si no se cumple con la obligación?-

La Sunat explicó que, en caso de no cumplir con la declaración de esos ingresos en el presente ejercicio fiscal, se efectuarán las acciones de fiscalización para determinar e imponer la multa respectiva.

Durante el 2020, la entidad viene ampliando su acceso a las bases de datos internacionales de 113 países, correspondientes a información tributaria, financiera y bancaria de contribuyentes domiciliados en el Perú, fortaleciendo de esa manera la detección del incumplimiento tributario.

Igualmente, contará con más convenios de intercambio de información con otras administraciones tributarias que permitirán la detección inmediata de rentas no declaradas.

-¿Cuáles son los ingresos de fuente extranjera?-

Se considera renta de fuente extranjera aquella obtenida por ciudadanos peruanos o extranjeros domiciliados en el Perú, por ejemplo, por alquilar un inmueble ubicado en el extranjero; también por los intereses obtenidos por depósitos bancarios en entidades financieras del exterior así como la renta obtenida por el trabajo personal llevado a cabo en el exterior.

Además, las utilidades percibidas de una empresa domiciliada en otro país, la renta obtenida por la venta de acciones emitidas por una empresa de otro país, negociadas en cualquier Bolsa de Valores o fuera de esta.

Dichas rentas se suman y compensan entre sí y únicamente, si resulta una renta neta, se adicionará este resultado, por regla general, a las rentas de trabajo.

El impuesto se paga al momento de presentar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta.