La iniciativa legislativa que da incentivos tributarios a tres sectores económicos está cerca de convertirse en ley. La medida cuenta con el consenso entre el Congreso y el Ejecutivo, por lo que la promulgación de la ley se daría en los siguientes días.
El proyecto de ley N° 1567 da incentivos tributarios a los sectores textil, confecciones y agro. Fue aprobado en el Pleno del Congreso el pasado 30 de noviembre. No obstante, su envío al Ejecutivo tuvo un retraso debido a que el texto tenía ligeros errores de redacción. Se hizo la corrección y el texto final se volvió a votar -vía un recurso de aclaración- en el Pleno del 15 de diciembre.
Tras ello, el pasado 22 de diciembre la autógrafa de ley fue enviada al Ejecutivo para su promulgación u observación. Se espera que ocurra lo primero, pues en los últimos meses el ministro de Economía, Álex Contreras, se ha mostrado favorable al proyecto e incluso a propuesta suya se incorporó al sector agro en la lista de sectores con incentivos.
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El plazo para que el Ejecutivo se pronuncie vence el 18 de enero del 2024. No obstante, para que los beneficios apliquen desde enero del 2024, la ley debe promulgarse antes de que acabe el 2023, subrayó la abogada tributarista Katarzyna Dunin, Directora de Tax & Legal de PwC Perú.
“La Constitución establece que las leyes relativas a tributos de periodicidad anual rigen a partir del primero de enero del año siguiente a su promulgación. Por ejemplo, si la ley se promulga el 2 de enero del 2024, entraría en vigencia recién el 2025″, remarcó la especialista.
¿Cuáles son los incentivos tributarios?
La iniciativa legislativa otorga una deducción adicional para el cálculo del Impuesto a la Renta (IR) por la contratación de nuevos trabajadores, de hasta el 70% de sus remuneraciones, en el ejercicio 2024. El beneficio se reduce progresivamente hasta llegar al 30% en el 2028. La remuneración del nuevo trabajador no debe superar los S/ 1,700 al mes.
Los sectores textil y confecciones tendrán dos beneficios adicionales: las empresas que reinviertan sus utilidades, luego del pago del IR, tendrán derecho a un crédito tributario del 20% de la reinversión del monto de las utilidades anuales, durante los ejercicios 2024, 2025, 2026, 2027 y 2028.
Asimismo, las empresas contarán con el beneficio de que podrán depreciar las máquinas y equipos adquiridos para sus procesos productivos, aplicando una tasa de 33.3% para los años 2024 y 2025; y de 20% para el 2026, 2027 y 2028.
Al respecto, la ministra de la Producción, Ana María Choquehuanca, se mostró favorable al proyecto de ley, aunque precisó que aún está en evaluación. “Es una buena ley, pero está en revisión por parte del Ejecutivo. La reinversión de utilidades es una buena oportunidad para que las empresas crezcan. La inversión en infraestructura, maquinaria y equipos amplía la capacidad productiva”, subrayó la ministra en entrevista realizada hace unos días por Gestión.
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Para el caso del sector agroexportador y agroindustrial también se establece un beneficio especial: el aporte a EsSalud, entre los años 2024 y 2028, será el 6% de la remuneración de los trabajadores. Cabe recordar que la nueva ley agraria (Ley N° 31110) había establecido para las grandes empresas que en el 2024 el aporte sea de 8% y de 9% a partir del 2025.
Sobre el aporte a EsSalud, Katarzyna Dunin, de PwC Perú, refirió que en ese caso su aplicación es inmediata, a partir del mes en que se promulgue la ley, por lo que no se tendría que esperar hasta el inicio del año siguiente.
Licenciado en periodismo de la PUCP, con más de diez años de experiencia en medios de prensa escritos y digitales.