En un contexto de expansión de la base tributaria y una especial atención en los domicilios fiscales alquilados, Airbnb habría notificado a sus anfitriones en el Perú sobre la posibilidad de que sus datos de movimientos por la aplicación sean compartidos con las autoridades fiscales peruanas (Sunat). Esto, en conformidad con acuerdos internacionales de intercambio de información tributaria.
Este enfoque tendría como objetivo identificar posibles omisiones en el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los usuarios de la plataforma.
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¿Qué dice el comunicado de Airbnb?
En la notificación que Airbnb habría enviado a sus anfitriones peruanos se les informa sobre la posibilidad de que sus datos fiscales puedan ser compartidos con las autoridades locales, en este caso, a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
La medida sería parte de una colaboración con la Irish Revenue Commissioners (IRC), la autoridad fiscal de Irlanda, en el marco de acuerdos internacionales de intercambio de información fiscal. Según lo comunicado, se estarían solicitando datos sobre transacciones realizadas a través de la plataforma durante el periodo entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023.
Airbnb habría aclarado en el mensaje que, en esta ocasión, no todos los anfitriones estarían incluidos en los datos compartidos. Sin embargo, advirtió que esta situación podría cambiar en el futuro, ya que las autoridades fiscales podrían requerir nueva información, en cumplimiento con las leyes locales e internacionales.
La empresa subrayó su compromiso con la transparencia y con el cumplimiento de las normativas tributarias, asegurando que el intercambio de datos se realizaría en cumplimiento del marco legal correspondiente.
En este sentido, Airbnb recomendó a sus anfitriones que se informen sobre sus obligaciones fiscales en el Perú, recordándoles que las ganancias obtenidas mediante la plataforma podrían estar sujetas a impuestos locales.
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Base legal
Dante Sanguinetti, socio de Impuestos y Comercio Internacional de PPU, explicó que existen convenios de intercambio de información entre más de 150 países, en el marco de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
Estos convenios permiten a las administraciones tributarias compartir datos sobre ciudadanos que tienen cuentas en el extranjero. Por ejemplo, si un peruano tiene una cuenta bancaria en Irlanda y recibe ingresos, el banco irlandés está obligado a informar a la autoridad fiscal de Irlanda sobre la existencia de esa cuenta.
La información obtenida a través de estos intercambios es crucial para que la Sunat pueda identificar posibles incumplimientos tributarios. Cuando un contribuyente tiene cuentas en el extranjero, la Sunat puede solicitar información a la administración tributaria del país donde se encuentra la cuenta, facilitando así la fiscalización de los ingresos que no han sido declarados en Perú.
Sanguinetti también mencionó que, en el marco de su tarea de fiscalización, si la Sunat identifica ingresos no declarados, puede enviar requerimientos a los contribuyentes, utilizando la información intercambiada con otras administraciones tributarias.
“Este proceso de colaboración internacional permite a la Sunat obtener datos relevantes sobre las transacciones financieras de los peruanos, lo que refuerza su capacidad para fiscalizar y asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias”, desarrolló.
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Obligaciones tributarias
Sobre este escenario, Katarzyna Dunin Borkowski, Directora de Consultoría Tributaria y Aduanera en PwC, enfatizó la importancia de que los usuarios de Airbnb, en el país, cumplan con sus obligaciones tributarias. Aquellos que no declararon sus ingresos de alquiler en los años mencionados en el comunicado de Sunat, deben regularizar su situación tributaria.
Esto implica presentar las declaraciones correspondientes y pagar los impuestos adeudados. Como se sabe, el alquiler percibido se clasifica como renta de primera categoría, sujeta a un impuesto del 5%.
En esta línea, Dunin aclaró que todos los arrendadores, independientemente del monto que ganaron, están obligados a declarar sus ingresos. Esto incluye las rentas más pequeñas. Añadió que la declaración y regularización también debe realizarse independientemente si se recibió el aviso de la Sunat. Advirtió que estas faltan podrían generar consecuencias importantes.
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Puntualmente sobre las sanciones, Dunin mencionó que en el artículo 176 del Código Tributario se estipulan multas por no presentar las declaraciones dentro de los plazos establecidos. La multa corresponde al 50% de la UIT, pero los contribuyentes tienen la posibilidad de reducir esta sanción en un 90% si regularizan su situación antes de recibir un aviso de Sunat.
La directora de PwC explicó que esta reducción puede ser una opción favorable para reducir el impacto de las sanciones. Además, aclaró que el régimen de amnistía vigente permite a los contribuyentes regularizar su situación eliminando multas e intereses, siempre que existan resoluciones de determinación.
“Esto ofrece una oportunidad para aquellos que aún no han cumplido con sus obligaciones tributarias de hacerlo sin enfrentar sanciones severas”, puntualizó.
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Posible confusión
Dunin recordó que, anteriormente, José Arista, titular del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) señaló que los ingresos generados a través de plataformas como Airbnb podrían ser clasificados como rentas empresariales.
La renta de primera categoría se refiere a las de capital, que son aquellas generadas por el alquiler de inmuebles. Esta clasificación implica que los arrendadores solo deben pagar un impuesto del 5% sobre sus ingresos de alquiler, siempre que no ofrezcan servicios adicionales que conviertan la actividad en un negocio más complejo, es decir, una renta empresarial.
Al respecto, Dunin observó que la interpretación desde el MEF no necesariamente refleja la realidad fiscal, ya que solo alquilar inmuebles a través de plataformas no debería considerarse automáticamente como una renta empresarial.
Para la directora de PwC, esta confusión puede llevar a los arrendadores a preocuparse innecesariamente sobre sus obligaciones fiscales y recordó que la clave radica en la naturaleza de la actividad: si los arrendadores solo alquilan sus propiedades sin ofrecer servicios adicionales, los ingresos deberían clasificarse como renta de primera categoría, lo que les permitiría beneficiarse de un impuesto más bajo.
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Abogado especialista encargado de Enfoque Legal en Diario Gestión - Actualmente, ocupa la posición de analista legal en el área de Economía en el Diario Gestión.
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