Sunat
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Mediante Resolución de Superintendencia N° 074-2020/SUNAT la Sunat ha dictado que ahora los contribuyentes podrán realizar las declaraciones juradas que determinen su deuda y obligación tributaria de manera totalmente virtual.

Esto significa que ahora las personas que deban declarar su deuda, sustituirla o rectificarla, podrán hacerlo sin la necesidad de tener que acercarse a una sede de Sunat.

Las empresas podrán ingresar al portal SOL y realizar estas declaraciones a través de los formatos PDT que provee la entidad en su página de declaraciones y pagos.

Katarzyna Dunin-Borkowski, directora del área tributaria de PwC, comenta que “esto también incluye las obligaciones tributarias relacionadas a EsSalud y la ONP, así como las deudas no tributarias con estas entidades, como los pagos del seguro obligatorio Vida Ley”.

Dunin-Borkowski aclara que “adicionalmente se han incluido las declaraciones juradas mensuales de la regalía minera, así como la declaración y pago trimestral de la regalia minera y del gravamen especial a la minería”.

No se ha incluido es la declaración de deuda y obligaciones de carácter aduanero así como ciertos formularios específicos, como el de desmedro. Tampoco se incluyen a las reclamaciones y apelaciones que se quieran realizar contra resoluciones interpuestas por la Sunat”, agrega Dunin-Borkowski.

Dunin-Borkowski comenta que este es el primer paso hacía una digitalización que cree es necesaria que la Sunat adopte. Considera que en un futuro espera que se incluya la posibilidad de realizar reclamaciones mediante el portal web, así como la declaración del ITAN. “Esperamos que poco a poco vayamos avanzando”, comenta.

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