(Foto: GEC)
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El Gobierno elevó el tope bajo el cual la Sunat contará con acceso a las cuentas bancarias de los peruanos a fin de combatir la evasión y elusión fiscal.

En días anteriores, el ministro de Economía y Finanzas, Waldo Mendoza, adelantó que el Gobierno iba a modificar dicho límite tras los cuestionamientos por parte de algunos especialistas.

De este modo, Sunat solo podrá acceder a la información de cuentas con más de S/ 30,000 (7 UIT o más) y ya no los S/ 10,000 de la norma anterior, tras la modificación a través de , publicado hoy en El Peruano.

En caso de los contribuyentes que posean más de dos cuentas en el sistema financiero, se realizará la suma de todos los montos que posean en estas a fin de comprobar si pasa o no el umbral establecido.

El periodo bajo el que los bancos deberán informar será mensual y se presentará una declaración informativa por el primer semestre y otra por el segundo semestre de cada año calendario, señala la norma promulgada hoy.

Algunos sectores sostenían que el reglamento de la ley aprobada por Decreto Supremo Nº 009-2021-EF, con el que las instituciones financieras deberán reportar la información de las referidas cuentas a Sunat, violaba el derecho al secreto bancario establecido en la Constitución, además de que podría sufrir alguna filtración en caso no se contara con los instrumentos de seguridad adecuados.

En respuesta a ello, el Ejecutivo ha incluido una modificación adicional sobre la confidencialidad y seguridad de la información, en la que se menciona lo siguiente:

La información obtenida por la Sunat en virtud del presente Reglamento es tratada bajo las reglas de confidencialidad y de seguridad informática exigidas por los estándares y recomendaciones internacionales referidos al intercambio automático de información financiera emitidos por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE)”.

Semanas atrás, el director general de política de ingresos públicos del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), Marco Camacho, dijo que sí era posible evaluar cambios al umbral para acceder a las cuentas y la periodicidad con que se informaría sobre estos.

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