Según la Sunat, el valor de la deuda en controversia se reduciría en aproximadamente S/ 12,000 millones (equivalente a cerca del 1.3% del PBI de 2022).
Según la Sunat, el valor de la deuda en controversia se reduciría en aproximadamente S/ 12,000 millones (equivalente a cerca del 1.3% del PBI de 2022).

El (CF) emitió opinión sobre la sentencia del (TC) que dispone prohibir la aplicación de intereses moratorios a las empresas una vez vencidos los plazos legales para resolver las controversias tributarias. Y es que según la Sunat, el valor de la deuda en controversia se reduciría en aproximadamente S/ 12,000 millones, equivalente a cerca del 1.3% del PBI de 2022.

De acuerdo al comunicado, la sentencia puede generar incentivos perversos que afecten negativamente la cultura y recaudación tributarias, a futuro. Al respecto, señala que el efecto fiscal de la sentencia se divide en dos.

El primero tiene que ver con las controversias aún no resueltas que se generaron antes de los cambios en el Código Tributario que eliminaron los cargos de intereses moratorios fuera de plazo en la vía administrativa. Y el segundo efecto tiene que ver con controversias futuras, señala.

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Al extender la prohibición de cobro de intereses moratorios a los procesos que están en el Poder Judicial, se generan no sólo dudas sino también incentivos económicos perversos. Por un lado, no queda claro el concepto de plazos legales aplicados al Poder Judicial, cuando en la práctica no existen tales para resolver las demandas tributarias”.

Por otro lado -agregan en el comunicado- la prohibición de cobro de intereses moratorios ocasionará que la deuda judicializada conserve su valor nominal, lo que implica una pérdida de valor con el paso del tiempo. En ese sentido, el CF considera que la sentencia puede afectar negativamente la futura, al generar incentivos en los contribuyentes para judicializar las controversias en materia tributaria y dilatar las mismas.

Así, el CF reitera que coincide con el TC en que las controversias en materia tributaria deben resolverse dentro de plazos razonables, aunque insta a las autoridades de los tres poderes del Estado a trabajar para instituir un sistema que incentive el de las obligaciones tributarias y asegure que las controversias sean resueltas en plazos razonables, asegurando así una mejor y más justa recaudación.

Finalmente, el CF reitera la urgencia de implementar políticas efectivas orientadas a reducir los altos niveles de incumplimiento tributario para incrementar la recaudación tributaria permanente.