SBS. (Foto: GEC)
SBS. (Foto: GEC)

Con la finalidad de actualizar el marco normativo aplicado a los peritos valuadores y hacer más eficiente el proceso de registro, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), mediante Resolución N° 03225-2021 publicada el jueves en el Diario Oficial El Peruano, ha aprobado el nuevo Reglamento del registro de peritos valuadores que prestan servicio a las empresas del sistema financiero y otros supervisados.

Entre los principales aspectos del nuevo Reglamento, destaca la modificación de los requisitos establecidos para la inscripción en el registro de peritos valuadores y se efectúan precisiones en determinados procedimientos para la inscripción en el Registro de Peritos Valuadores a cargo de la (REPEV).

También, se precisan las causales de suspensión, cancelación y rehabilitación de registro en el REPEV.

Se incluyen nuevas obligaciones de los peritos valuadores, tal como denunciar los delitos, incumplimientos y falta contra las normas y/o directivas vigentes sobre la materia de que tuvieran conocimiento con ocasión del ejercicio de su actividad; así como cuidar y custodiar los bienes, valores, documentación e información que, por razón del ejercicio de sus actividades, se les haya encomendado.

Finalmente, se incluye un formato estandarizado para informar la relación de valuaciones para la inscripción en el REPEV.

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