Según el Poder Ejecutivo, que encabeza el presidente Pedro Pablo Kuczynski, la evidencia muestra que las intervenciones a cargo de los problemas no han sido vinculadas a una misma estrategia integral de desarrollo ni han articulado entre sí de manera significativa, con aparentes problemas de eficiencia, efectividad y coherencia de las intervenciones y el impacto en los indicadores sociales.

"Esta situación afecta la dimensión y sostenibilidad de los cambios en los niveles de vida de la población, así como el proceso de cierre de brechas de desigualdad, por lo que es necesaria la acción inmediata del Estado para lograr acciones integrales y articuladas que aborden la problemática de los programas sociales desde su funcionalidad y permita optimizar la gestión y el impacto del gasto social", añadió.

Para afrontar este escenario, el Poder Ejecutivo publicó hoy el decreto legislativo que tiene como objetivo fijas los principios y procedimientos que regulan la autorización para la transferencia de programas sociales de una entidad pública u organismo público a otro, mediante decreto supremo.

La norma señala que dicha transferencia busca alinear la intervención estatal con el cumplimiento de las políticas públicas, planes y objetivos del sector desarrollo e inclusión social, sustentada en los principios de eficacia en el uso de recursos, de integralidad, y de enfoque en resultados.

A propuesta del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social se evalúa, en el marco de la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS), la transferencia de programas sociales de una entidad pública u organismo púbico a otro.

La transferencia de los programas sociales se aprobará mediante decreto supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Desarrollo e Inclusión Social y el ministro del sector involucrado en la transferencia del programa.

La transferencia deberá contar con la previa opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).

"La transferencia de un programa social de una entidad pública u organismo público a otros, implica el cambio de dependencia del programa de manera integral, sin generar la extinción del programa, ni la modificación de sus funciones, ni la reducción de los recursos asignados a su unidad ejecutora", dice la norma.