El Ministerio de la Producción (Produce) recordó que el 16 de julio de 2024 se publicó la Resolución Ministerial 000286-2024-PRODUCE, que dispuso la publicación del proyecto de decreto supremo que establece medidas para prevenir y desalentar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada.
Del mismo modo señaló que en su exposición de motivos se da cuenta, que busca fortalecer las disposiciones señaladas en el Decreto Supremo N° 016-2016-PRODUCE, donde se establecen mayores controles sobre el desarrollo de las actividades pesqueras y el arribo a puerto de las embarcaciones de bandera extranjera, entre ellas está la obligatoriedad de instalar en cada embarcación pesquera que ingrese a nuestras 200 millas, el equipo satelital SISESAT.
“En tal sentido, las nuevas medidas de control propuestas, serán aplicadas en todas las embarcaciones pesqueras que solicitan y requieran cualquier tipo de operación, actividad o servicios en territorio peruano, incluyendo, sin limitación alguna, el transbordo o depósito en tierra de recursos o productos hidrobiológicos en puerto nacional; así como, toda actividad relacionada con la pesca; también la provisión de personal, cambio de tripulantes, obtención o actualización de documentos, abastecimiento de combustible, reparación de maquinarias o equipos, entre otros supuestos, que motiven el arribo de una embarcación pesquera de bandera extranjera a puerto, infraestructura o fondeadero peruano”, señaló a través de un comunicado.
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Agregó que cada entidad que conforma este sistema de regulación cumple una función específica e importante para los controles estrictos contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada.
Sostuvo que Produce cuenta con fiscalizadores acreditados por la institución, quienes cumplen la función de fiscalizar la actividad de desembarque en puerto, obteniendo toda la información y documentación relacionada a las actividades de la embarcación, como los documentos de captura, transbordo y comercio, las descripciones de la carga de pescado y los documentos requeridos en virtud de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, entre otros.
Asimismo, indicó que las intervenciones en altamar como un trabajo de fiscalización continuo, son realizadas por la DICAPI, quienes ingresan a las embarcaciones para corroborar su actividad en nuestro litoral, según el marco legal vigente.
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“Cabe resaltar que, las embarcaciones pesqueras de bandera extranjera, que no se encuentren autorizadas para operar en el ámbito correspondiente al Organización Regional de Ordenamiento Pesquero (OROP), o presente indicios razonables de apoyo a las actividades de pesca ilegal no declarada y no reglamentada, serán denunciadas en los respectivos organismos internacionales a efectos de ser incorporadas en los listados de embarcaciones que realizan esta actividad ilegal, sin perjuicio de las sanciones administrativas a que hubiese lugar”, subrayó.
Datos:
* Produce forma parte de las organizaciones públicas que articulan acciones de fiscalización en puerto a toda embarcación pesquera extranjera que arriba al país.
* Produce conforma junto a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas (DICAPI), Migraciones, la Policía Nacional del Perú (PNP), la Dirección Regional de Salud, la Autoridad Marítima y Autoridad Portuaria Nacional (APN), quien es la encargada de autorizar el ingreso de estas embarcaciones al mar peruano.