El Tribunal Fiscal emitió un nuevo pronunciamiento vinculante en el que establece que todos los predios pertenecientes a la Iglesia Católica están exentos del pago de impuestos, aun si generan renta.
Dicho tema estuvo en debate debido a que la Ley de Tributación Municipal establece que únicamente se encuentran inafectos los “predios de las entidades religiosas que no produzcan rentas”.
Sin embargo, el Tribunal Fiscal indicó que la exoneración del pago de tributos a los predios de la Iglesia proviene de un tratado internacional firmado con el Vaticano, el cual aplica por sobre la ley peruana y estableció que las exoneraciones vigentes a favor de la iglesia en 1980 mantienen su vigor a futuro.
Efecto
Ello tiene un efecto interesante, ya que en la actualidad existen predios de la Iglesia que no son utilizados para actividades de culto, y que son arrendadas a terceros para realizar negocios no relacionados con la iglesia católica, especialmente en ciudades como Cusco, Arequipa y Lima.
Según explica Walker Villanueva, socio del estudio PPU, varios centros históricos cuentan con propiedades de la Iglesia que están alquilados y que no terminan pagando tributos, lo cual va en contra del principio de igualdad. El abogado agrega que el monto que ya no será exigible es importante.
Acciones
“El tratado no se puede modificar mediante ley interna. Frente a este hecho procede una acción de inconstitucionalidad o, en todo caso, tendría que revisarse el tratado. Sin embargo, veo bien difícil que la Santa Sede se siente a la mesa y consienta que sus predios estén sujetos al impuesto predial”, señala Villanueva.
“Esto no tiene que ver con tu fe sino en aplicar el principio de igualdad. Hay predios que no están pagando el impuesto que les corresponde, pese a que debería haber una igualdad de derechos”, comenta con respecto a la situación actual.