El día de mañana entra en vigor el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), suscrito por el Perú en junio del año pasado. Este regula la violencia y el acoso en el ámbito laboral y traería unos cambios a como se ve la figura en el Perú.
De acuerdo con Jorge Toyama, socio del estudio Vinatea & Toyama, uno de los cambios más importantes que trae la entrada de vigencia del convenio es que todo acoso laboral deberá tener el mismo tratamiento que el acoso sexual en los centros de trabajo.
“Esta norma exige que el Perú tenga el mismo nivel en términos de procedimientos dentro de la empresa, así como de capacitación y prevención que tiene para el acoso sexual para los casos de acoso (en general)”, especifica el abogado.
En ese sentido, se tendrá que empezar a capacitar a trabajadores en temas de acoso “regular” y además se deberá crear un procedimiento específico para llevar los casos de acoso psicológico, o cualquier otro que pueda existir.
“Cuando una persona es sujeta a acoso sexual la empresa tiene un procedimiento rápido especial, el cual además contempla enviar al trabajador de vacaciones durante el procedimiento. Eso también tendría que existir para todo tipo de acoso”, indica el abogado.
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Modificaciones a la figura del acoso
Entre lo más importante del convenio se encuentra el hecho que se define que la hostilidad o acoso laboral puede ocurrir en los centros de trabajo, en los lugares donde el trabajador realiza sus labores (incluyendo espacios públicos), en los viajes que realice el trabajador relacionados al trabajo, en el marco de comunicaciones, en los alojamientos proporcionados por el empleador e inclusive en el trayecto entre el domicilio y el trabajo.
Asimismo, se detalla que los actos de hostilidad laboral pueden provenir de cualquier persona, no solo de otros trabajadores de la empresa.
Según indica Cecilia Guzmán-Barrón, socia del estudio DLA Piper, hasta ahora, estos temas no están desarrollados en el Perú, por lo que, con esta norma, habrá un entendimiento y aplicación mucho más detallado de la figura.
La abogada señala que muchos trabajadores sufren acoso en la calle, pero lo consideran como algo privado, lo cual, como indica el convenio, no debería ser el caso.
“Al día de hoy tenemos una regulación enfocada en lo que se llama hostilidad laboral, pensada para una situación en la que que el trabajador podría quejarse a la interna mediante un procedimiento simple. El convenio de la OIT va más allá”, indica la abogada.
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De acuerdo con Guzmán-Barrón, el convenio además señala que los empleadores deberán tener una política del centro de trabajo contra el acoso en general. Sin embargo, esto no será exigible hasta que el Gobierno emita una norma nacional al respecto.
Pese a lo que indica Guzmán-Barrón, Toyama señala que no cree que haya un real cambio en cómo se trata al acoso hoy en día.
“La norma peruana es tan amplia que no habría cambio relevante a como se aplica en la práctica”, comenta al respecto.
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