Hoy en día solo existe el registro de propiedad vehicular y el registro de aeronaves, con relación a los bienes muebles. Foto: Sunarp
Hoy en día solo existe el registro de propiedad vehicular y el registro de aeronaves, con relación a los bienes muebles. Foto: Sunarp

El Colegio de Notarios de Lima presentó un nuevo que busca modificar el registro de bienes muebles en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (), introduciendo el nuevo “Registro de Bienes Muebles Identificables”, el cual coexistiría con el registro de propiedad vehicular y el registro de aeronaves.

Este registro serviría para inscribir derechos pertinentes a:

  1. Vehículos terrestres motorizados que no sean inscribibles en el registro de la propiedad vehicular.
  2. Maquinarias y equipos en general.
  3. Bienes muebles individualizables e identificables cuyo valorcomercial exceda de 4 unidades impositivos tributarias (UIT) (S/19,800).
  4. Bienes de valor histórico, cultural o artístico que puedan o no ser valuados comercialmente.
  5. Otros que determinen futuras normas.

La inscripción de estos bienes sería opcional, pero serviría para acreditar la propiedad de un bien, así como otros derechos que puedan recaer sobre el mismo, como son la sujeción a un contrato de opción, derechos reales que puedan aplicarse sobre el mismo y alquileres, entre otros.

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Necesidad de un registro

De acuerdo con el es de suma importancia para el crecimiento de nuestra economía, la seguridad que el derecho de propiedad merece y para la oponibilidad que todo registro Jurídico genera, permitir el acceso al Registro de los bienes muebles que hoy en día no pueden hacerlo.

Es decir, permitir que los bienes muebles antes mencionados puedan ser registrados otorgaría seguridad jurídica a los propietarios de bienes de alto valor, lo cual incentivaría el crecimiento económico y social.

La implementación (porque siempre existió, pero estuvo vacío) del Registro de Bienes otorga tranquilidad teniendo en cuenta que el misma está a cargo de una institución seria como la Sunarp y genera la razón de ser de todo registro jurídico: la publicidad y la oponibilidad de lo registrado”, recalca la exposición de motivos del proyecto.

En ese sentido, destacan que “es necesario que el Estado Peruano cuente con un sistema de Registro para los Bienes Muebles que hoy no pueden acceder al mismo a fin de que se sientan protegidos”.

SOBRE EL AUTOR

Abogado periodista. Estudió Derecho en la Universidad de Lima. Actualmente se desempeña como redactor del área de Economía del Diario Gestión.

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