Afiches publicitarios en Lima. Imagen referencial. (Foto: De10.com.mx)
Afiches publicitarios en Lima. Imagen referencial. (Foto: De10.com.mx)

La Municipalidad distrital de Magadalena estableció, a través de una , prohibir la suscripción de convenios y/o adendas, en todas sus modalidades, para la instalación de anuncios publicitarios en vía pública.

En el 2020, la misma entidad publicó otra ordenanza para regular la ubicación de los anuncios y avisos publicitarios en la vía pública. Al respecto, precisaron que era el propietario del elemento de publicidad exterior el único responsable ante la Municipalidad por las infracciones o incumplimiento de las disposiciones, inclusive en el caso que el elemento publicitario estuviera instalado en un bien o en un predio de propiedad privada.

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Los responsables de los anuncios debían suscribir un compromiso de responsabilidad que cubra los daños que pudieran derivarse de la ubicación o explotación del elemento de publicidad exterior, así como los gastos de su retiro, incluso, si fuera la municipalidad quien lo realice. Asimismo, tenían que comunicar a la autoridad municipal el cambio de leyenda del elemento publicitario autorizado, entre otros.

Previamente, también se había establecido que la vigencia de la autorización municipal era indeterminada, siempre y cuando permanezcan las condiciones que fueron evaluadas para el otorgamiento de dicha autorización, a excepción de aquellos que tienen la condición de temporal.

“No podrán instalarse anuncios o avisos publicitarios sin cumplir con las disposiciones técnicas de la presente ordenanza. La autorización surte sus efectos jurídicos desde la fecha de la emisión, independientemente de la fecha de su notificación y se materializa con el correspondiente certificado. La autoridad municipal entregará la Autorización Municipal para la ubicación de Elementos de publicidad al solicitante, su representante legal o apoderado, debidamente acreditado”, establecieron en el 2020.