
El Trabajo Remoto, creado como modalidad de trabajo a ser utilizada durante la pandemia, solo podría ser usado hasta el 31 de diciembre del 2022, según lo dispuesto en la ley. Sin embargo, el Ministerio de Trabajo señala que ello no es así. El Ministro de Trabajo, Eduardo García, hablo con Gestión al respecto y aclaró algunas dudas que existen con relación a la norma, así como su futuro reglamento:
-El trabajo remoto termina el 31 de diciembre, según la norma. ¿Eso significa que todos los trabajadores deben regresar a trabajar presencialmente empezando el 2023 o se extendrá nuevamente el uso de la figura?
La posición que tenemos desde el MTPE es que el trabajo remoto y la ley del teletrabajo anterior mantendrán vigencia en tanto dure el plazo de adecuación que establece la nueva ley de teletrabajo.
Este plazo de adecuación es de 60 días desde que se emita el reglamento de la ley.
Entretanto, una vez emitido el reglamento, las partes podrán ponerse de acuerdo en sujetarse al nuevo marco normativo o continuar con el anterior por 60 días.
-Dado que aún no se publica el reglamento, ¿aún no tendría que utilizarse la nueva ley de teletrabajo, como mínimo, hasta marzo, entonces?
Como máximo, no como mínimo. Sí es posible que, a falta de acuerdo, siga rigiendo el marco anterior.
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-Ahora bien, hace poco su cartera pre-publicó el proyecto del reglamento de la nueva ley de teletrabajo. El mismo ha sido materia de algunos comentarios de ambos y trabajadores. Uno de los comentarios con más asidero es el que señala que ya no se pueda pactar que sea el trabajador el que asuma los costos del teletrabajo. ¿Por qué se ha restringido esta disposición?
Hay que señalar que este es un proyecto que encuentro ya armado cuando asumo la gestión y por la proximidad del año se determina la prepublicación en el estado que se encuentra porque ponernos a hacer una revisión artículo por artículo del proyecto generaría más demoras y quizás hoy no estaría prepublicado. La decisión fue “prepubliquemos y luego hacemos las revisiones a que quepan lugar”.
Sí creo que el reglamento debe respetar lo que dice la ley y si la ley no establece una limitación [a la negociación de costos] y, por el contrario, es absolutamente clara de que una posibilidad existe, el reglamento no la puede eliminar.
-Entonces, ¿se introducirán algunas modificaciones al reglamento?
Principalmente la que hemos conversado. La ley establece que el trabajador puede asumir todos los costos si así lo desea y el reglamento no puede ir en contra de lo que dice la ley.