Las empresas que no cotizan en la ya no estarán obligadas a auditar y presentar sus estados financieros a la (SMV).

Esto se debe a que, desde hoy, rige la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que declara inconstitucional el artículo 5 de la Ley 29720, informó el Centro Legal de la . La ley no tiene efectos retroactivos.

"La norma derogada venía afectando a más de 6,000 pequeñas empresas que no cotizan en bolsa, al tener que sufragar anualmente los gastos de auditoría externa que la ley declarada inconstitucional exigía a las empresas", argumentó Víctor Zavala, gerente del Centro Legal de la CCL.

En tal sentido, ya no rige el cronograma aprobado por Resolución 014-2016-SMV, que obligaba a auditar y presentar los estados financieros del año 2015, que debía presentarse a la SMV en el mes de junio próximo.

CCL promovió demandaLa demanda de inconstitucionalidad del artículo 5° de la Ley 29720 fue promovida por la CCL y otros gremios empresariales, con las firmas de más de 5,000 ciudadanos como exige la Constitución.

El mencionado artículo colisiona con el derecho a la información reservada y confidencial que la Constitución garantiza a los empresarios, accionistas, directores y gerentes de las empresas, añadió Zavala.

"La CCL espera que la SMV no exija la presentación de los estados financieros auditados de los años anteriores al 2015 y que a la vez no aplique multas a las empresas que no cumplieron con esta obligación declarada inconstitucional por el TC, Órgano Supremo de la constitucionalidad en el país", anotó Zavala.

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