Los contribuyentes podrán acceder a un fraccionamiento especial de la deuda tributaria administrada por Sunat. El titular del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), José Arista, dio a conocer este mecanismo que se aplicará para empresas y personas naturales.
“Durante mucho tiempo, en el Tribunal Fiscal (TF) se han acumulado expedientes reclamados por contribuyentes. Hemos llegado al nivel en el cual los reclamos de las empresas llegaban a S/ 26,000 millones. Más aún, resolver un expediente en el TF tomaba alrededor de 9 años. Eso es en verdad una administración tributaria, poco eficiente porque genera muchos problemas tributarios”, comentó durante la conferencia del Consejo de Ministros.
Para Arista, dos factores han pesado en estos años: “En primer lugar, aquel que no quiere pagar va al TF y se ‘parquea’ ahí. En segundo lugar, genera dudas a inversionistas. Muchos se preguntan: ¿cómo va a resolver el TF? ¿cómo vamos a invertir en un país donde no se resuelven las cosas? Creemos que de esta manera le estamos dando transparencia al poner mayor ganas, énfasis, interés en resolver estos expedientes”.
De los S/ 26,000 millones, el ministro recordó que a la fecha se ha resuelto S/ 6,000 millones. “La idea es que se resuelva otros S/ 10,000 millones y a lo largo del próximo año se resuelvan los S/ 10,000 millones adicionales”, remarcó. Además, se apunta a que ahora se resuelvan los casos en el TF en un plazo no mayor de 9 meses.
El fraccionamiento
El fraccionamiento está dirigido a personas naturales como a empresas. “El plazo máximo es hasta el 20 de diciembre del 2024″, mencionó.
¿Cómo será el mecanismo? Comprende un bono de descuento sobre los intereses y multas de la deuda. Es decir, resaltó el ministro, no afectará el monto de la deuda. “Este beneficio va sobre intereses y moras, no sobre el tributo insoluto. El bono se establece acorde al rango de la deuda. Va desde el 100% hasta el 50%”, destacó.
Habrá tres modalidades de pago: al contado; pago sumario, con una cuota de acogimiento y hasta tres meses para pagar el resto; y un pago fraccionado, con una cuota de acogimiento no menos al 10% hasta 72 cuotas.
“Es un mecanismo excepcional. Busca incentivar el cumplimiento del pago de las deudas tributarias. Puede acogerse las reclamadas, apeladas, en el TF, en el Poder Judicial. De esta manera queremos promover que los contribuyentes decidan pagar al contado de manera sumaria tengan un incentivo. Como administración tributaria, vamos a comenzar a hacer una fiscalización más activa”, puntualizó.