El ministro de Economía, Carlos Oliva dijo que han esperado el tiempo suficiente al Congreso y dado que no se ha iniciado el debate ellos han emitido el Decreto Supremo de la Ley Antielusiva que entra en vigor mañana.
“Nosotros sabíamos que el Congreso había aprobado algunos ajustes, cambios o aclaraciones, en la Comisión de Constitución, y ante ello decidimos esperar el debate e incluso alcanzamos algunas aclaraciones, sin embargo, hemos esperado cerca de dos meses no lo han debatido”, indicó.
Carlos Oliva mencionó que, no se puede esperar que el Congreso lo debata, por eso decidimos que dado el “plazo prudente para el inicio del debate que no se ha cumplido”, hemos decidido publica este Decreto Supremo.
Indicó que, la norma de la ley antielusiva del 2012 no estaba derogada solo suspendida desde el 2014 hasta la fecha, y ante ello solo faltaba el Decreto Supremo.
“Posteriormente si se da el debate se participará en él, pero ya la norma entra en vigor desde mañana, tal como fue aprobado en el decreto legislativo 1422, que fue aprobado en Setiembre del 2018”, expresó.
Retroactividad y recaudación
En relación a la retroactividad, Carlos Oliva dijo la medida no es retroactiva, aunque indicó que se sabe que existe una discusión legal sobre el mismo.
Sin embargo aclaró que, para el Ministerio de Economía y Finanzas la medida no es retroactiva.
Sobre el monto a recaudar indicó que difícil calcular, pero indicó que de acuerdo a los casos internacionales este podría variar entre el 4% hasta el 10% de la recaudación del impuesto a la renta.
"Si eso lo aplicamos en el Perú nos da un rango de entre S/ 2,500 y S/ 6,000 millones al año, es el referente que tenemos", expresó.
"Es importante señalar que la norma es disuasiva, lo que se busca es que la empresa no eludan, que ya no usen los mecanismos para pagar menos impuestos", remarcó.
Mencionó que, el propósito no es perseguir a nadie y que la elusión se destierre de este grupo de empresa que pueden estar utilizando.