El 26 de febrero de este año, el Gobierno aprobó el Reglamento de la Ley N° 31572, Ley del Teletrabajo, en el que se estableció un plazo máximo de aplicación de 60 días calendarios desde su publicación, periodo que vence este 27 de abril.
Dicho texto define los derechos y obligaciones entre empleadores y trabajadores para acordar mutuamente, de manera voluntaria, la implementación de una jornada de trabajo remoto parcial (al menos un día a la semana) o completa.
No obstante, a pesar de la relevancia que cobró esta modalidad durante la pandemia y los esfuerzos por continuar promoviendo el teletrabajo, su adopción continúa siendo limitada a nivel nacional, según ComexPerú.
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De acuerdo con información del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), el año pasado se registraron, en promedio, 226,674 teletrabajadores declarados formalmente en la planilla electrónica, aunque los resultados mensuales fueron descendiendo en los últimos meses, hasta alcanzar solo 196,170 teletrabajadores formales en enero del 2023.
El gremio señala que existe una tendencia negativa en esta modalidad laboral, debido a las iniciativas de retomar la presencialidad completa, como solía ocurrir antes de la pandemia, aunque también persisten ligeros incrementos en el teletrabajo mixto que evidencian algunos intentos de mantener parte de la flexibilidad otorgada anteriormente.
Sin embargo, de acuerdo con lo reportado en la planilla electrónica, solo se registraron 59,744 trabajadores mixtos (30.5% del total teletrabajador formal) en enero 2023. Es decir, existe preferencia por las empresas de aplicar un trabajo completamente remoto o totalmente presencial, lo cual sacrifica la flexibilidad que la nueva norma puede generar.
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Por ello, los resultados a nivel general en el primer mes del 2023 continúan siendo ínfimos en relación con los 3′947,637 empleos formales a nivel nacional, de manera que el teletrabajo solo representa el 5% de los contratos formales.
Jorge Toyama, socio principal del estudio de abogados especializado en derecho laboral Vinatea & Toyama, señala que en la práctica puede existir una mayor cantidad de teletrabajadores, pero que no se encuentran correctamente categorizados en la planilla electrónica o pertenecen al sector informal (no figuran en la planilla). Por esto, desde mayo podrían observarse mayores niveles de declaración formal de teletrabajadores, sobre todo en aquellos que realizaban teletrabajo mixto, pero no lo reportaban de manera oficial.
Asimismo, el especialista detalla que la mayor flexibilidad de esta modalidad laboral se traduce en ganancias para el empleador y el trabajador, porque se reducen los costos de alquiler y equipamiento de oficina, mientras que el empleado ahorra tiempo y costos asociados con el transporte.
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