Los trabajadores a tiempo parcial tienen el derecho a gozar un mínimo de días de vacaciones por cada año de labores, sostiene la Sunafil.
El Tribunal de Fiscalización Laboral (TFL) de la Sunafil, en una resolución en última instancia emitida el pasado 29 de agosto, declaró infundado el recurso de revisión interpuesto por una compañía que había sido multada por no haber acreditado el pago de vacaciones a un trabajador a tiempo parcial (resolución N° 826-2023-SUNAFIL/TFL-Primera Sala).
Cabe recordar que se considera trabajadores a tiempo parcial a quienes tras la sumatoria de horas de trabajo semanal, al dividirse entre cinco o seis (según la cantidad de días laborados en la semana) les genere como resultado un promedio menor a cuatro horas diarias.
En su descargo, la empresa multada señaló que no existe una normativa laboral nacional que precise el pago de vacaciones a los trabajadores a tiempo parcial, pues el Decreto Legislativo N° 713 fija el derecho de vacaciones para quienes tienen una jornada mínima de cuatro horas, es decir, quienes laboran a tiempo completo.
No obstante, la resolución del TFL de la Sunafil, en uno de sus considerandos, subraya que el Perú firmó en 1959 el Convenio N° 52 de la Organización Internacional del Trabajo, el cual en su artículo 2 establece que “toda persona a la que se aplique el presente Convenio tendrá derecho, después de un año de servicio continuo, a unas vacaciones anuales pagadas de seis días laborables, por lo menos”.
Es por ello que, haciendo uso de esta referencia normativa internacional respecto a las vacaciones de los trabajadores a tiempo parcial, “resulta jurídicamente procedente reconocer que tienen derecho a un mínimo de seis días de este derecho, en el marco de lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 2 del Convenio 52 OIT”, subraya la resolución de la Sunafil.
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Si bien la resolución no es un precedente de observancia obligatoria, sí será un referente importante a usarse en casos similares, por lo que en adelante cualquier empresa podría ser multada en caso no pague vacaciones a sus trabajadores a tiempo parcial, indicaron abogados laboralistas.
“Si bien la resolución no es vinculante, en un futuro caso similar es poco probable que el tribunal cambie de sentido”, subrayó Brian Ávalos, abogado laboralista del estudio Payet.
Cabe anotar que al no haber una normativa nacional que precise las vacaciones para los trabajadores a tiempo parcial, la mayoría de empresas no dan este beneficio.
“Muchas empresas no dan vacaciones a sus trabajadores a tiempo parcial, pues no tendrían la obligación de darlas. Me parece que el Tribunal de Sunafil está equivocado y se está excediendo en sus facultades, pues se está obligando a las empresas a dar vacaciones a sus trabajadores a tiempo parcial, sin que haya una ley que lo disponga”, indicó por su parte Ricardo Herrera, abogado laboralista del estudio Muñiz.
“Con este pronunciamiento, si los par time no reciben vacaciones, se van a quejar a Sunafil y ya sabemos cuál será el resultado”, agregó Herrera.
Evalúan cambio legislativo para trabajadores a tiempo parcial
Los especialistas recomiendan que para dar mayor certidumbre sobre esta normativa laboral, en Perú se debería aprobar una ley que precise el derecho de los seis días de vacaciones para los trabajadores a tiempo parcial, tal como lo dispone el Convenio 52 OIT.
Al respecto, en el Congreso se evalúa una iniciativa legislativa sobre esta materia. Un proyecto de ley aprobado en abril de este año en la Comisión de Trabajo dispone que las vacaciones para los trabajadores a tiempo parcial será de 30 días al año, es decir, se otorga un beneficio similar al que tienen los trabajadores a tiempo completo.
“Darles 30 días de vacaciones sería desproporcionado, se elevaría el costo laboral para las empresas, sería impagable”, criticó Herrera.
En ello coincidió Ávalos, quien advirtió que de aprobarse ese proyecto de ley, el efecto sería desincentivar la contratación de jóvenes, un segmento de alto uso de contratos a tiempo parcial, pues muchos estudian y trabajan.
“Si se encarecen estos contratos, las empresas preferirán contratar a personas de más experiencia. Si bien no podemos desconocer el convenio de la OIT, no podemos ir al extremo de otorgar un beneficio similar al de quienes trabajan una jornada completa, pues no es equiparable”, anotó Ávalos.
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Licenciado en periodismo de la PUCP, con más de diez años de experiencia en medios de prensa escritos y digitales.