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Un total de 30,822 empresas se beneficiarán en esta oportunidad del subsidio Recuperemos el Empleo Formal, luego que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo publicó este viernes dos nuevas listas de empleadores elegibles, que han calificado para la asignación del subsidio creado por el D.U. N° 127-2020, que impulsa medidas específicas para recuperar y preservar el empleo formal en el sector privado.

A través de la Resolución Ministerial Nº 077-2021-TR refiere que estas beneficiadas corresponden a los meses de enero y febrero de 2021, con el propósito recuperar el empleo formal en el sector privado y fija el monto que corresponde por dicho concepto.

Así, el tercer listado establece dicho subsidio para 24,856 empresas, de las cuales 6,698 pertenecen al sector comercio; 3,969 a servicios prestados a empresas; 3,031 a manufactura; 2,925 a transportes y comunicaciones; 2,703 a hoteles y restaurantes; 1,755 a servicios sociales, comunales y personales; y 1,497 a construcción, además de otras. El monto del subsidio para ellas asciende a S/ 51′785,462 y permitirá recuperar o crear 131,819 empleos.

El cuarto listado beneficia a 24,974 empresas, de los sectores: comercio (6856), servicios prestados a terceros (4,160), manufactura (3,145), transportes y comunicaciones (3,012), restaurantes y hoteles (2,024), servicios sociales, comunales y personales (1,709), Construcción (1,597), entre otras. El monto del subsidio para ellas asciende a S/ 44´929,850 y permitirá recuperar o crear 124,927 empleos.

Es importante recordar que un trabajador puede ser subsidiado hasta 6 meses consecutivos respecto a un mismo empleador y que una empresa puede formar parte de más de un listado, siempre que cumpla con los requisitos señalados en la normativa vigente.

Así, a la fecha, el total de empresas beneficiadas con el subsidio Recuperemos el Empleo Formal que otorga el MTPE suman 36,689, con el propósito de generar, recuperar y preservar un total de 241,885 empleos, para lo cual se ha asignado un presupuesto de hasta S/ 168′946,806.

La Resolución publicada este viernes, refiere que los empleadores incluidos en los referidos listados gestionan el desembolso del subsidio siempre que, previamente, acrediten en la Ventanilla Integral Virtual del Asegurado - VIVA del Seguro Social de Salud - EsSalud, el cumplimiento de las condiciones indispensables establecidas en el numeral 9.2 del artículo 9 del referido Decreto de Urgencia: no ser inversionistas en contratos de Asociación Pública Privada y no tener en trámite ante la Autoridad Administrativa de Trabajo una terminación colectiva de contratos. El desembolso se hará a los 7 días hábiles de realizada la solicitud.

Los empleadores pueden confirmar si su empresa figura en alguno de los cuatro listados aprobados aquí:

Si figuran como empresa beneficiaria pueden realizar la solicitud de desembolso a través de la plataforma VIVA:

¿Alguna consulta adicional relacionada al subsidio? Visite la página web del MTPE

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