¿Estás por iniciar prácticas preprofesionales o profesionales en una empresa y no tienes mucho conocimiento de cómo se formaliza este tipo este proceso? Gestión conversó con Christian Chumbes, especialista legal de la Dirección de Prevención y Promoción de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE),quien explica a detalle cuáles son los derechos y obligaciones de este grupo de personas al momento de establecer un vínculo con una compañía para iniciar este proceso de modalidad formativa laboral.
Cabe precisar que, desde el 2005, la Ley 28518, -Ley sobre modalidades formativas laborales, que establece las obligaciones, derechos y beneficios a los que están sujetos-, se detalla la labor de los practicantes preprofesionales y profesionales.
¿Qué tipo de convenios de prácticas existen?
En el caso de practicantes preprofesionales y profesionales se celebran convenios, no contratos. Hay de dos tipos:
- Convenio de las prácticas preprofesionales: En este caso participan los que continúan estudiando en la universidad o instituto superior. El convenio es celebrado entre la empresa, el practicante y el centro de formación profesional. La duración es proporcional a la duración de la formación y el nivel de la calificación de la ocupación.
- Convenio de las prácticas profesionales: Es cuando se trata de egresados de la universidad o instituto superior. Este convenio es celebrado entre la empresa y la persona que egresa de un centro de formación profesional o universidad. Su duración no es mayor a 12 meses, salvo que el centro de formación profesional o universidad, por reglamento o norma similar, determine lo contrario.
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Sin embargo, existen excepciones y se puede ampliar el plazo del convenio de practicante preprofesionales y profesionales. “Si la casa de estudios o instituto tiene una disposición que pueda permitir que sus prácticas puedan durar más se puede aplicar la normativa interna”, indicó el abogado Christian Chumbes de la Sunafil a Gestión.
Los convenios de los practicantes preprofesionales y profesionales deben incluir nombre de la empresa, centro de estudios y el practicante. Asimismo debe precisar la ocupación de la formación específica que realizará la persona, el monto de la subvención económica mensual, el inicio y término del convenio y las causales de modificación, suspensión y terminación del convenio.
¿Cuáles son los horarios de la jornada laboral?
- Convenio de las prácticas preprofesionales: La jornada no debe exceder de 6 horas diarias o 30 horas semanales.
- Convenio de las prácticas profesionales: La jornada formativa no debe exceder de 8 horas diarias o 48 horas semanales.
¿Los practicantes tienen gratificación?
La ley considera una subvención adicional equivalente a media subvención económica mensual, que se otorga cada seis meses de duración continua al practicante preprofesional y profesional, mencionó el abogado.
Ni utilidades ni CTS
El especialista legal de la Dirección de Prevención y Promoción de la Sunafil aclaró que los practicantes preprofesionales y profesionales no acceden al pago de utilidades ni CTS ni a la indemnización porque no son considerados dentro del régimen laboral general.
“No acceden a esos beneficios declarados por ley porque están destinados a trabajadores, y hay que recordar que ellos son personas en formación, pero por convenio individual se puede pactar algunos beneficios que no están en el convenio inicial. La ley no lo prohíbe, pero aclarando que no tienen la misma calidad que una CTS o utilidades. Por ejemplo, una practicante está en periodo de gestación y se puede contratar otro seguro adicional más o aumentar la subvención”, explicó.
¿Aplica descuentos o retenciones?
El representante de la Sunafil indicó a Gestión que según la norma vigente, no aplican las retenciones en la subvención económica mensual de los practicantes preprofesionales y profesionales, por lo que no aplica el pago del Impuesto a la Renta u otras contribuciones de ningún tipo a cargo de la empresa.
Sin embargo, el abogado Chumbes explicó que, la empresa sí puede aplicar un descuento en la subvención económica del practicante. “Podría haber por tardanza o inasistencia porque hablamos, en general, por el tiempo no trabajado. Si el practicante llega tarde, entonces no está prestando servicio de forma completa. La compañía puede hacer un cálculo proporcional de esos minutos u horas para el descuento. No podría hacer un descuento por día sino proporcional porque de caso contrario atentaría contra el derecho a esa retribución”, dijo.
¿Cuáles son los derechos que los practicantes?
- Subvención económica
Es la subvención o la retribución que perciben por sus servicios y no debe ser inferior a S/ 1,025. “Si la jornada es menor a la máxima el pago será proporcional. Si la jornada formativa son de cinco horas el pago podrá ser proporcional y será menor a S/1,025″, dijo el abogado Chumbes.
- Descanso
Los practicantes preprofesionales y profesionales tienen derecho a los descansos semanal, feriados y días no laborales. “Al igual que un trabajador, el practicante tendrá que recuperar los días no laborales que han sido declarados para el sector público y a las empresas privadas que se acojan. Como no son feriados declarados por ley la naturaleza dispone que se compense”, señaló.
En el caso del descanso semanal, Chumbes indicó que a los practicantes suelen corresponderle un día. No obstante, la empresa puede considerar los descansos semanales a dos días. Respecto a la elección del día de descanso (lunes a viernes o fines de semana) mencionó que, eso lo establece la compañía previo a la firma del convenio con el practicante.
Asimismo dijo que los practicantes tienen derecho al descanso de 15 días correspondiente a sus vacaciones que se dispone cuando la duración formativa supere los 12 meses.
- Cobertura de salud
Tienen derecho a la cobertura de salud que puede ser contratado con el Seguro Social de Salud (EsSalud) o un seguro privado. Este seguro es conocido como Seguro de Formación Laboral Juvenil (FOLA) que es para un practicante.
“No hay excepciones. La norma dice cubre enfermedades y accidentes o sea se entiende toda enfermedad que sea común o también una enfermedad adquirida en el trabajo. Un accidente o un accidente ocurrido durante el trabajo porque este seguro tiene ámbito de cobertura general”, explicó el representante de la Sunafil.
Vale precisa que la Ley 28518 precisa que es obligación de la empresa “cubrir los riesgos de enfermedad y accidentes a través de EsSalud o de un seguro privado con una cobertura equivalente a catorce 14 subvenciones mensuales en caso de enfermedad y 30 por accidente.
- Seguridad en el trabajo
De acuerdo con la ley, la empresa debe cumplir con las condiciones mínimas en materia de seguridad en el trabajo para que los practicantes puedan estar protegidos. “Pueden brindarles equipos de seguridad personal en caso sea una actividad económica que genera alto riesgo y darle el mismo tratamiento en el caso del tema ergonómico”, dijo.
En el tema de equipos de trabajo, la Sunafil explicó que la ley no señala qué tipos de equipo se le debe proporcionar a los practicantes. “En materia del convenio, la empresa o empleador debe proporcionar los equipos necesarios para que el practicante realice sus labores. Un ejemplo, es que ocurre un desperfecto técnico con un equipo y va a demorar la reparación, entonces el practicante tiene el equipo y puede usarlo por un tiempo, pero el responsable aquí es la empresa”, indicó.
“Otro ejemplo, es en el caso el practicante venga con su propia laptop, la empresa tiene que garantizar que haya el debido cuidado y evitar que se pueda extraviar”, remarcó.
¿El empleador puede cesar el convenio del practicante en cualquier momento?
Sí. En el caso del convenio de practicantes preprofesionales y profesionales no es un contrato, por lo que no hay de relación laboral y por tanto, no hay protección contra el despido. “Por ejemplo, la empresa termina el convenio, tendría que culminarlo en base a las causales establecidas en el mismo convenio a parte del que se conoce por la culminación del plazo”, precisó el abogado.
¿Existe un plazo máximo para esperar la entrega del certificado de prácticas?
Chumbes señaló que el certificado es una obligación de la empresa hacia el practicante preprofesional y profesional cuando culmina su convenio. “Si la compañía no lo entrega entonces eso es considerado una infracción y el afectado puede realizar la denuncia”, explicó.
¿En qué momento se desnaturaliza el convenio?
Los practicante deben conocer cuál es el momento en que su convenio con la empresa se desnaturaliza y puede considerarse como una relación laboral que establecería otro derechos.
- Cuando no se celebra un convenio de prácticas preprofesionales y profesionales por escrito. “Debe no haber una copia del documento con fechas establecidas del inicio y término de la actividad formativa. “Sin documento hablaríamos de un convenio verbal indeterminado. Ahí es un trabajador en vez de un practicante”.
- Cuando no se cumple con el horario de la jornada de prácticas. “Si se superan esas jornadas máximas entonces conllevaría a una desnaturalización y se hablaría de un trabajador y hablando de una relación laboral. Se estaría incumpliendo la norma”.
- Cuando el convenio termina y la persona sigue realizando servicios en la empresa sin firmar una renovación también incurre a que se produzca ya no una relación empresa-practicante preprofesional o profesional sino una relación laboral.
¿Cómo formulo una denuncia?, ¿ puede ser anónima?
Los practicantes preprofesionales y profesionales que quieran presentar una denuncia por afectación a sus derechos durante el convenio de formación, pueden hacerlo en la opción Denuncias Laborales Virtuales, implementado en la página web de Sunafil (https://www.gob.pe/9972-denunciar-incumplimientos-laborales-de-una-empresa-privada).
También puede acudir el practicante preprofesional y profesional a los centros regionales. En caso sea Lima Metropolitana puede visitar la oficina de la Sunafil, ubicada en el cuarto piso de la sede principal del MTPE, en Jesús María.
“En un principio puede ser anónima la denuncia para reservar la identidad. En caso se amerite, hay casos que cuando se haga la calificación de la denuncia, se necesita la identidad de la persona”, detalló el vocero de la Sunafil.
¿Cuánto tarda Sunafil en atender la denuncia?
“Tiene que evaluarse la denuncia, pero a la semana ya te darás cuenta que tu queja va siendo atendida. Primero se hace una calificación de la denuncia en dos días hábiles. De ahí transcurrirán cinco días hábiles para que se haga la orden de inspección en la empresa. Luego tiene 30 días hábiles el inspector para recopilar información, por lo que la investigación podría durar más de un mes. Si se levanta un acta de infracción el plazo durará mucho más porque se abriría otro proceso que sería el sancionador que podría durar nueve meses dependiendo del caso”.
¿Cuántas actas de infracción contra empresas hay a la fecha?
La Sunafil tiene competencia para exigir la observancia de las normas relativas a la formación para el trabajo en el caso de practicante. Por lo tanto, su incumplimiento es considerado una infracción en materia de promoción y formación, que tienen como consecuencia multas que oscilan entre los S/1138,50 y S/260,023.50, según el tipo de empresa (mypes o grandes empresas).
Entre el 2022 y lo que va el 2023, la Sunafil ha emitido 141,000 actas de infracción y 284 informes de inspección por denuncias de incumplimiento a las normas de modalidad formativas (practicantes preprofesionales y profesionales).
En el mismo periodo se han emitido siete resoluciones de multa en primera instancia con un monto total de S/ 70,077, y cuatro resoluciones de multa en segunda instancia por un monto total de S/ 39.864. “Son casos que han sido sometidos hasta la decisión final y se han impuesto multas a estas empresas que han incumplido con la norma de practicantes”, dijo.
Asimismo, la entidad adscrita al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), ha realizado 99 acciones de orientación en materia de modalidades formativas. De esta manera, se brindó orientación a 50,000 empleadores y 4,342 practicantes.
Regiones que reportan infracciones a practicantes
El especialista legal de la Dirección de Prevención y Promoción de la Sunafil dio detalles sobre cuáles son las regiones del Perú que vienen reportando infracciones a la ley de practicante de acuerdo a denuncias:
REGIÓN | MULTA | ||
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Lima | Se han emitido cuatro resoluciones en primera instancia y las multas ascienden a S/ 56,439. En segunda instancia la multa asciende a S/ 9,450. | ||
Callao | Se emitió una resolución en primera instancia la multa asciende a S/ 9,665. En segunda instancia, en tres resoluciones la multa asciende a S/ 30,434. | ||
Junín | Se emitió una resolución en primera instancia con una multa de S/ 2,863. | ||
Tacna | Se emitió una resolución en primera instancia con una multa de S/ 1,100. |
Ingresó al Grupo El Comercio en el mes de noviembre de 2018 y se desempeñó como redactora web del Núcleo Comunes. Actualmente escribe para Gestión. Licenciada en Periodismo de la Universidad Jaime Bausate y Meza.
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