Este miércoles 1 de mayo es feriado nacional en conmemoración del Día del Trabajo. Ello genera implicancias en las remuneraciones de los trabajadores, según los distintos escenarios que se presenten.
1. Si el feriado del 1 de mayo no coincide con el día de descanso semanal obligatorio del trabajador y la persona labora. En ese caso, el trabajador percibe la remuneración por el feriado (incluida en el mes) + la remuneración por el trabajo con una sobretasa del 100%. Es decir, percibirá a fin de mes dos días adicionales de remuneración, indicó el abogado laboralista del Estudio Muñíz, Cesar Puntriano.
Por ejemplo, si el trabajador tiene una remuneración mensual de S/ 1,200 (remuneración diaria de S/ 40), el pago que recibirá a fin de mayor será de S/ 1,200 (incluye el pago por el feriado) + S/ 80 (remuneración diaria por el trabajo + sobretasa).
Cabe anotar que los S/ 80 adicionales no se percibirán si el trabajador goza de un día de descanso pagado en compensación por el feriado.
2. Si el feriado del 1 de mayo no coincide con el día de descanso semanal obligatorio del trabajador y la persona descansa. El trabajador no recibe ninguna remuneración adicional, solo goza del descanso pagado de un día feriado. Siguiendo el mismo ejemplo, se mantiene el abono a fin de mes de S/ 1,200.
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3. Si el feriado del 1 de mayo coincide con el día de descanso semanal obligatorio del trabajador y la persona descansa. Se recibirá una remuneración diaria extraordinaria por el feriado 1ro de mayo. Es decir, siguiendo el mismo ejemplo, a fin de mes se abonará al trabajador S/ 1,200 + S/ 40. Este abono adicional es un beneficio que solo se da con el feriado por el Día del Trabajo y no en el resto de feriados del año.
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4. Si el feriado del 1 de mayo coincide con el día de descanso semanal obligatorio del trabajador y la persona labora. En ese caso, el trabajador percibe la remuneración por el día de descanso semanal obligatorio (incluida en el mes) + remuneración del feriado + remuneración por el trabajo con una sobretasa del 100%.
Siguiendo el mismo ejemplo, el trabajador percibirá S/ 1,200 (incluye el pago por el descanso semanal obligatorio) + S/ 120 (remuneración por el feriado + remuneración diaria por el trabajo + sobretasa). Es decir, percibirá a fin de mes tres días adicionales de remuneración
Puntriano precisó que se puede acordar con la empresa gozar de un día de descanso pagado en compensación por el feriado trabajado, en cuyo caso no recibirá dos días adicionales de remuneración a fin de mes, sino únicamente un día adicional (S/ 40) por el feriado extraordinario del 1ro de mayo.
“Los S/ 80 no se percibirán si goza de un día de descanso pagado en compensación por el feriado. Solo percibirá S/ 40 adicionales en razón a la coincidencia entre feriado y descanso semanal”, remarcó César Puntriano.
Los siguientes feriados del año:
Viernes 7 de junio: Batalla de Arica y Día de la Bandera. Vigente desde este 2024.
Sábado 29 de junio: San Pedro y San Pablo. Esta festividad católica celebra a los apóstoles de Jesús que luego se volvieron en mártires y patronos de Roma.
Martes 23 de julio: Día de la Fuerza Aérea del Perú. En conmemoración al sacrificio del Capitán FAP José Abelardo Quiñones Gonzales.
Domingo 28 de julio: Día de la Independencia. También conocido como Día Nacional que conmemora la firma de la Declaración de la independencia del Perú que se realizó en Lima en 1821 en la misma fecha.
Lunes 29 de julio: Fiestas Patrias. A modo de festejo, en el Perú se realiza una Gran Parada Militar en honor a las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del país.
Martes 6 de agosto: Batalla de Junín. Fue aprobado el 7 de julio de 2022, en honor a este importante hecho que permitió consolidar la posterior independencia del Perú.
Viernes 30 de agosto: Santa Rosa de Lima. Esta festividad religiosa se realiza en conmemoración a la primera mujer que fue nombrada santa en América.
Martes 8 de octubre: Combate de Angamos. Fue un enfrentamiento marítimo durante la Guerra del Pacífico que tuvo lugar en las aguas cercanas a Punta Angamos, en la costa de Chile. En esta batalla, la Marina de Guerra de Chile se enfrentó a la Marina de Guerra del Perú y la Marina de Guerra de Bolivia. El conflicto se originó debido a disputas territoriales y económicas entre dichos países.
Viernes 1 de noviembre: Día de Todos los Santos. En la Iglesia Católica y algunas denominaciones cristianas, se honra a todos los santos, conocidos y desconocidos, que han alcanzado la santidad. La festividad se remonta al siglo IV y fue establecida para honrar a los mártires y a los santos sin un día específico de celebración.
Domingo 8 de diciembre: Inmaculada Concepción. Es una festividad católica que celebra la creencia de que Jesús fue concebido por obra del Espíritu Santo, sin intervención de un varón.
Lunes 9 de diciembre: Batalla de Ayacucho. Conmemora un evento histórico que tuvo lugar en 1824 durante la guerra de independencia de América del Sur. Fue un enfrentamiento decisivo en el que el Ejército Unido Libertador, liderado por el general Antonio José de Sucre, derrotó al Ejército Realista del Virreinato del Perú, marcando el fin del dominio español en la región.
Miércoles 25 de diciembre: Navidad. Es una celebración anual que conmemora el nacimiento de Jesucristo, según la tradición cristiana. Además de su significado religioso, se ha convertido en una festividad culturalmente arraigada en muchos países, donde las personas se reúnen con sus seres queridos, intercambian regalos, decoran árboles, cantan villancicos y comparten comidas especiales.