Al iniciar el año, algunas empresas suelen entregar a sus trabajadores el denominado ‘bono por escolaridad’, con el objetivo de ayudarlos a cubrir los gastos de matrícula, útiles, uniformes, entre otros, ¿quiénes tienen derecho a recibir este beneficio?
Las reglas son distintas en los sectores público y privado. Mientras en el primer caso el pago es obligatorio, en las empresas privadas el ‘bono por escolaridad’ es voluntario, recordó César Puntriano, socio del Estudio Muñiz.
Sector privado
La empresa puede establecer como ‘bono por escolaridad’ un monto fijo o un porcentaje del sueldo del trabajador.
Una característica común en el sector privado es que se exige al trabajador el cumplimiento de ciertos requisitos para acceder al ‘bono por escolaridad’, como el presentar documentos que certifiquen que sus hijos están cursando estudios.
“Tengo un cliente (empresa) que paga S/ 750 por cada hijo, siempre que estudie inicial, primaria o secundaria. Y cuando llega a la universidad, el bono sube a S/ 1,000”, refirió el abogado a Gestión.pe.
El otorgamiento del ‘bono por escolaridad’ puede concretarse tras una negociación sindical. “Incluso la empresa puede extender este pago a sus trabajadores no sindicalizados, en la medida que les resulte más beneficioso”, indicó Puntriano.
Sector público
Aquí se ha establecido un monto obligatorio fijo de S/ 400 para todos los trabajadores, sin importar si cuentan con hijos o si estos están cursando estudios.
Los requisitos para recibir el ‘bono por escolaridad’ son otros:
a) Estar laborando a la fecha de vigencia de la presente norma, o en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios de EsSalud.
b) Contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres (3) meses. Si no cuenta con el referido tiempo, dicho beneficio se abona en forma proporcional a los meses laborados.
Desde el año 2010 el monto del bono por escolaridad es de S/ 400 en el sector público y se paga a fines de enero. Considerando que desde hace una década el monto no varía, para el 2021 podría esperarse un incremento en el monto, estimó Puntriano.
“Los trabajadores de entidades públicas con régimen privado tienen reglas distintas y pueden percibir como bono por escolaridad un monto mayor a los S/ 400, en algunos casos producto de negociaciones colectivas”, agregó el abogado.
Tanto para el sector público y privado el bono por escolaridad no tiene carácter de remuneración, por lo que no genera cargas sociales.